María Jesús Montero, ministra de Hacienda y Función Pública.

María Jesús Montero, ministra de Hacienda y Función Pública. Jesús Hellín / Europa Press.

Empresas

La empresa familiar madrileña recurrirá el impuesto 'a los ricos' ante la Audiencia Nacional

La AMEF cree que su recurso podría acumularse al que ha presentado la Comunidad de Madrid ante el Constitucional.

27 abril, 2023 15:22

La Asociación Madrileña de la Empresa Familiar (AMEF) se suma a la batalla legal contra el Gobierno emprendida por las comunidades autónomas de Madrid, Andalucía y Galicia a causa del nuevo Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas.

Como ha adelantado Antonio Banderas, director de AMEF, la empresa familiar madrileña va a interponer un recurso contencioso administrativo en la Audiencia Nacional contra el artículo 3 de la Ley 38/2022, que es por el que se crea y desarrolla la famosa tasa ‘a los ricos’ dentro de la ley que establece los gravámenes temporales a los sectores energético y bancario para luchar contra la inflación.

De él se derivó la aprobación del Modelo tributario 718. El recurso de la AMEF llegará cuando el modelo se publique en el BOE.

[El IEE y varios catedráticos predicen que el impuesto a las grandes fortunas generará una “recaudación negativa”]

AMEF pedirá a la Audiencia Nacional que analice si su recurso debería elevarse al Tribunal Constitucional. De ser así, creen que podría acumularse al que ha presentado la Comunidad de Madrid ante el Constitucional, que ya ha sido admitido, además de los de Andalucía y Galicia. “Tenemos mucha sintonía y coincidimos en gran parte con la Comunidad de Madrid”, ha confesado Banderas.

En su argumentación legal, la Asociación encargó a comienzos de año al catedrático de Derecho Constitucional y exmagistrado del Tribunal Constitucional, Manuel Aragón Reyes, un dictamen jurídico al respecto.

Litigiosidad "de alta escala"

En un resumen ejecutivo que la AMEF ha presentado públicamente, se presentan argumentos “muy sólidos” para dudar de la constitucionalidad del impuesto. Esgrimen las siguientes razones: que se ha tramitado de manera constitucionalmente fraudulenta, que se vulnera la autonomía política y financiera de las comunidades autónomas, que se vulneran principios constitucionales de capacidad económica y no confiscatoriedad, y que introduce una retroactividad constitucionalmente impedida.

La empresa familiar madrileña se ha arropado de varios juristas, ya consultados anteriormente por el IEE. Más concretamente, por los catedráticos de Derecho Financiero y Tributario, César García Novoa y Luis Manuel Alonso. “Hay dolo directo y engaño en términos penales”, según García Novoa. La clave está en la retroactividad, consideran.

El impuesto a las grandes fortunas “va a generar una litigiosidad de alta escala, y eso es lo que menos falta hace al panorama jurídico español, que bastante conflictivo es ya”, en palabras de Alonso.

Cabe recordar que los afectados que abonen la tasa y luego la recurran, podrán reclamarla con intereses de demora que, hoy día, ascienden al 4,02%. Porcentaje que está incluso por encima del Euríbor, que en abril cotiza a una media del 3,75%.