Manifestación contra las clausulas suelo en Madrid

Manifestación contra las clausulas suelo en Madrid Efe

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Qué es lo que tienes que hacer para cobrar la cláusula suelo

El Gobierno pacta con el PSOE un acuerdo extrajudicial que es obligatorio para los bancos. Esto es lo que tienes que hacer.

18 enero, 2017 14:25

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El Gobierno ha llegado a un acuerdo con el PSOE para sacar adelante el Real Decreto de la solución extrajudicial al problema de las cláusulas suelo que amenaza con atestar los tribunales con pequeñas demandas de los afectados. Una vez que se apruebe esta normativa, que pasará este viernes por el Consejo de Ministros y que probablemente se publicará en el BOE este sábado, los afectados podrán ir al banco a reclamar su dinero.

Gobierno pacta con PSOE acuerdo sobre cláusulas suelo

Si eres uno de ellos, esto es lo que tienes que hacer.

1. Ir al banco a realizar la reclamación. Puedes ir a cualquier sucursal del banco en el que tengas tu hipoteca para realizar la reclamación. Este es un punto importante del acuerdo, porque finalmente el afectado puede ir a cualquier oficina y no a unas concretas. El Gobierno da un mes a las entidades para prepararse y también para publicitar, en sus sucursales y en su página web, la existencia de este mecanismo extrajudicial.

Allí el personal de la entidad te informará de cómo realizar la reclamación de la cláusula suelo determinada ilegal por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. El banco está obligado a darte una respuesta con su oferta de devolución de dinero de la cláusula suelo y a pagar esta cantidad al afectado en un máximo de tres meses desde que se ponga la reclamación.

Esto significa que la recuperación del dinero será relativamente rápida para los afectados. Además, el proceso es totalmente gratuito, el banco no te puede cobrar ninguna comisión en todo este proceso. La oferta del banco también tiene que incluir cuánto dinero le devolverá al afectado en cuestión de intereses.

2. Recurrir a los tribunales la oferta del banco. Siempre cabe la posibilidad de que la oferta que te haga el banco sea insuficiente, por lo que siempre conservas el derecho de recurrir ante los tribunales. Ahí será un juez quien determine cuánto dinero tiene que devolver el banco al cliente.

Para eliminar el incentivo que tiene el banco a realizar una oferta baja, el Decreto determina que el banco tendrá que pagar las costas judiciales si el juez determina que tiene que pagar una cantidad superior a lo que ofrecía. Si los tribunales sentencian que la cuantía tiene que ser inferior, el juez conservará en cualquier caso la potestad de obligar al banco a pagar las costas judiciales.

3. Tributar en el IRPF. El Decreto también incluye un apartado con la tributación de este dinero que devuelve ahora el banco al afectado por exigencia del PSOE. Si recibes la devolución de tu cláusula suelo tienes que devolver cualquier desgravación por la compra de vivienda, o cualquier deducción de los gastos relacionados con la hipoteca a través del IRPF, eso sí, sólo para los ejercicios no prescritos.

Sin embargo, no tendrás que tributar por el dinero que te devuelva el banco, ni por los intereses. No tendrás que hacerlo en ningún caso, ni por la vía extrajudicial ni por la judicial.

4. Un comité de control. Para garantizar que se respeta el Decreto y los derechos de los afectados, se creará un órgano de seguimiento, control y evaluación de las reclamaciones presentadas. En ese comité estarán también representados los consumidores, por exigencia del PSOE.