María Jesús Montero, en Sevilla, este domingo.

María Jesús Montero, en Sevilla, este domingo. Europa Press.

Macroeconomía

Las inspecciones ‘sorpresa’ de Hacienda a hogares y empresas necesitan autorización judicial

La Agencia Tributaria ya aplica esta condición mientras continúa el desarrollo legal de este tipo de actuaciones. 

21 junio, 2022 02:37

El Ministerio de Hacienda continúa con el desarrollo legal de las inspecciones fiscales 'por sorpresa' avaladas judicialmente en domicilios constitucionalmente protegidos, tanto si son de personas físicas como de empresas.

Lo ha hecho con un real decreto que ha salido a consulta pública en el que se precisa que la inspección tributaria precisará el consentimiento del interesado (el contribuyente inspeccionado) o autorización judicial para hacer este tipo de visitas presenciales. 

El decreto supone la traslación de lo aprobado en el conjunto de medidas contra el fraude fiscal al Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos. 

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Dicho conjunto legislativo contó con el visto bueno de las Cortes y se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) en julio. Entre sus medidas, está el apoyo legal a la inspección fiscal sin avisar al contribuyente siempre y cuando haya una autorización judicial. 

El problema surgió cuando una sentencia del Tribunal Supremo de 2020 consideró que las inspecciones 'por sorpresa' de miembros de la AEAT en los domicilios constitucionalmente protegidos de personas físicas y empresas iban contra la ley, aunque dichas visitas hayan sido permitidas por un juez.

El Gobierno, con el apoyo del Congreso, decidió resolver este potencial problema legal en las Cortes y, ahora, lo está trasladando al reglamento general de la inspección tributaria. 

A través del decreto, se incorpora que "cuando la entrada o reconocimiento afecte al domicilio constitucionalmente protegido de un obligado tributario, se precisará el consentimiento del interesado o autorización judicial". 

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Por otro lado, según explica la memoria de análisis normativo del texto, estos cambios "exigen que la solicitud de autorización de entrada en dicho domicilio efectuada por el juez debe incorporar el acuerdo de entrada efectuado por la autoridad competente de la Administración tributaria. Dicho acuerdo también se exigirá para la entrada en determinados lugares que no sean el domicilio citado cuando exista oposición".

Desde la Agencia Tributaria aseguran que este desarrollo no implica que la norma no estuviera en vigor desde su publicación en el BOE. Aseguran que la 'normalidad' en esta actividad se retomó tras el verano de 2021

Hasta entonces las visitas presenciales se habían 'relajado'. Tanto por los posibles inconvenientes legales como la pandemia de Covid-19, que dificultaba este tipo de actuaciones. 

De hecho, como contó este medio, los planes de visitas fiscales se redujeron un 52% en 2020. Concretamente, solo se pudieron finalizar 14.533 expedientes. Las áreas más afectadas fueron las de comprobaciones formales (que cayeron un 67%), las de análisis patrimonial y societario (-14,3%), ocultación de actividad y abuso de formas societarias (-17,1%) y control de actividades económicas (-2,7%).