Yolanda Díaz, vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo.

Yolanda Díaz, vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo. Eduardo Parra / Europa Press

Empleo Hoy

La empresa tendrá que revelar a un trabajador cuánto paga a sus compañeros cuando hagan las mismas labores

El Ministerio de Trabajo revela el primer borrador del decreto de transparencia salarial.

La norma busca trasponer la directiva europea.

Más información: Las empresas deberán informar sobre los salarios

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Las claves

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Las empresas deberán informar a los empleados sobre los sueldos medios de quienes desempeñan el mismo trabajo, desglosados por sexo, si estos lo solicitan.

La nueva norma establece un plazo máximo de dos meses para responder a las solicitudes de información salarial de los trabajadores.

Las empresas de más de 50 empleados tendrán que informar sobre los criterios de progresión salarial y diseñar un plan para corregir desigualdades retributivas injustificadas.

Todas las empresas estarán obligadas a mantener un registro salarial actualizado de toda la plantilla, incluyendo directivos y altos cargos.

Las nuevas normas de transparencia salarial van tomando forma. El Ministerio de Trabajo ha puesto en audiencia pública el borrador de real decreto que obligará a las empresas a revelar más información sobre los sueldos que pagan a sus trabajadores.

Concretamente, la norma refuerza el derecho de información de las personas trabajadoras en materia retributiva.

Una vez el decreto esté aprobado, las empresas estarán obligadas a revelar a sus trabajadores, si lo solicitan, información sobre los niveles retributivos medios, desglosados por sexo, de personas trabajadoras que realicen su mismo trabajo o uno de igual valor.

Así lo recoge tanto el borrador del real decreto como la correspondiente memoria de impacto normativo. Este "derecho" tendrá que ser satisfecho en un plazo máximo de dos meses.

Eso sí: "toda información que obtenga la persona trabajadora distinta de la relativa a su propia persona, no podrá ser utilizada con fines distintos del ejercicio de su derecho a la igualdad retributiva".

Las empresas de cincuenta o más trabajadores tendrán que informar sobre "los criterios de progresión retributiva".

Además, tendrán que diseñar un "plan de actuación para la corrección de las desigualdades retributivas que no estén justificadas sobre la base de criterios objetivos y neutros respecto al género".

Por otro lado, en el caso de que la información salarial suponga la identificación directa o indirecta del sueldo de un compañero de trabajo, se propone que la empresa únicamente dé los datos a la representación legal de los trabajadores.

En el texto se establece que los sueldos y niveles retributivos de las plantillas deberán expresarse necesariamente en términos de retribución bruta anual y de retribución bruta por hora correspondiente.

Sin distinción de tamaño, el borrador contempla la obligación de todas las empresas de mantener un registro retributivo fiel y actualizado de toda su plantilla, lo que incluye expresamente al personal directivo y los altos cargos.