La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz.

La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz. Europa Press

Empleo Hoy

El Gobierno amplía hasta cuatro meses la ayuda para afectados por los incendios y refuerza el permiso por fallecimiento

El trabajador dispondrá de hasta cinco días hábiles posteriores al sepelio.

Las medidas tendrán efectos retroactivos.

Más información: El Gobierno creará una ayuda para los trabajadores afectados por los incendios que cubrirá su salario y sus cotizaciones

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Las claves

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El Gobierno amplía a cuatro meses la ayuda extraordinaria para afectados por incendios forestales.

La prestación del SEPE cubrirá el 70% de la base reguladora y no exigirá cotización mínima.

El permiso retribuido por fallecimiento tras un incendio se amplía hasta cinco días hábiles.

Las medidas tendrán efectos retroactivos desde el 23 de julio de 2026 y se aplicarán en casos de emergencia nacional.

El Gobierno ha aprobado un real decreto-ley que amplía hasta cuatro meses la ayuda extraordinaria para los afectados por los incendios forestales. También refuerza el permiso retribuido por fallecimiento cuando el deceso esté relacionado con estas emergencias.

En concreto, la prestación extraordinaria del SEPE que podrá cobrarse durante un máximo de cuatro meses.

La ayuda, de carácter contributivo, no exigirá un período mínimo de cotización y cubrirá el 70% de la base reguladora.

Además, no consumirá las cotizaciones acumuladas para futuras prestaciones por desempleo.

La norma también amplía el permiso retribuido por fallecimiento cuando la defunción esté relacionada con los incendios.

Cinco días hábiles

En esos casos, el trabajador o socio de cooperativa dispondrá de hasta cinco días hábiles posteriores al sepelio.

Estas medidas forman parte de un paquete extraordinario aprobado para dar cobertura a los afectados por los incendios forestales que han motivado la declaración de emergencia de interés nacional, especialmente en la Comunidad de Madrid, Ávila y Toledo.

La norma también será aplicable a cualquier incendio que dé lugar a medidas de protección civil durante la campaña de alto riesgo de 2026.

El decreto incorpora además una protección reforzada de los derechos laborales, de forma que cualquier represalia empresarial por el ejercicio de estas medidas será considerada nula.

Las medidas tendrán efectos retroactivos desde el 23 de julio de 2026, aunque el decreto entre en vigor tras su publicación en el BOE.

Además, continuarán aplicándose mientras persistan las circunstancias que las justifican, aunque los incendios ya hayan sido extinguidos.