Elma Saiz, ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

Elma Saiz, ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Carlos Luján / Europa Press

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El Gobierno impulsa que los pensionistas trabajen como autónomos y amplía incentivos para la jubilación flexible

La medida se ha aprobado mediante un real decreto en el Consejo de Ministros.

Más información: El gasto en pensiones alcanza la cifra récord de 14.366 millones de euros en mayo, un 6,1% más

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Las claves

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El Gobierno permitirá que los pensionistas trabajen como autónomos y amplía los incentivos para la jubilación flexible.

La nueva norma permite compatibilizar la pensión con un empleo parcial o actividad por cuenta propia, incluso si no se ha sido autónomo en los tres años previos a la jubilación.

Los incentivos económicos mejoran: la jornada parcial compatible aumenta del 33% al 80%, y la pensión se ajusta según el porcentaje de jornada.

Quienes accedan a la jubilación flexible tras seis meses recibirán un porcentaje adicional de pensión, y los autónomos podrán percibir hasta el 25% de la pensión mientras trabajan.

El Gobierno alimenta todavía más a un mercado laboral necesitado de trabajadores. Y, por el camino, puede que se ahorre algo del gasto público en pensiones. El Consejo de Ministros acaba de aprobar un real decreto para mejorar los incentivos de la jubilación flexible. Es decir, para poder combinar salario y prestaciones públicas. Una mejora que abarcará también a los autónomos.

La norma entrará en vigor tres meses después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) "y se enmarca en la reforma de pensiones acordada por el Gobierno y los interlocutores sociales y aprobada en 2024", explica el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones en un comunicado.

La jubilación flexible ofrece la posibilidad, a los pensionistas de jubilación que voluntariamente lo deseen, de reincorporarse a la actividad, y compatibilizar la pensión con un trabajo por cuenta ajena a tiempo parcial o, como novedad, con la realización de una actividad por cuenta propia. Es decir, como autónomo.

De esta manera, también podrán acogerse a la jubilación flexible "quienes quieran desarrollar una actividad por cuenta propia como autónomos, siempre que no hayan estado dados de alta como autónomos en los tres años anteriores a la fecha de jubilación".

Además, "no será necesario esperar un periodo mínimo desde la jubilación para solicitar la jubilación flexible. Se podrá acceder en cualquier momento, una vez reconocida la pensión".

Como se ha indicado más arriba, mejoran los incentivos económicos. En el caso de los pensionistas que compatibilicen con una actividad por cuenta ajena a tiempo parcial, la horquilla para la realización de esta jornada se abre del 33% al 80%. Antes de esta mejora, el jubilado podía realizar una jornada entre el 25% y el 75%.

La cuantía de la pensión, con relación a la de un trabajador a tiempo completo, se reducirá en proporción inversa a la disminución de la jornada de trabajo.

Como novedad, y con el objetivo de incentivar el retorno al mercado de trabajo, cuando se acceda a la jubilación flexible pasados al menos 6 meses desde la jubilación, el pensionista percibirá un porcentaje adicional de pensión. De modo que las jornadas a tiempo parcial que se encuentren entre el 55 y el 80% incrementarán el importe de la pensión en un 25% adicional; mientras que las que sean igual o superior al 33% pero inferiores al 55% subirán un 15% adicional.

En el caso del trabajo autónomo, el pensionista podrá percibir hasta 25% de la pensión mientras desarrolla la actividad compatible.

Durante el periodo de jubilación flexible, el trabajador seguirá teniendo la condición de pensionista a efectos de asistencia sanitaria y protección social, aclara Seguridad Social

Además, el pensionista que haya accedido de forma involuntaria a una jubilación anticipada, cuando regrese a la jubilación plena desde la jubilación flexible, verá mejorada su pensión inicial al recalcularse su base reguladora y el porcentaje aplicable, según el periodo de cotización acreditado.