Elma Sáiz, ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
Seguridad Social quiere subir las cuotas de los autónomos entre 209 hasta 2.474 euros al año en 2026
El Gobierno presenta su propuesta de reforma a las asociaciones de trabajadores por cuenta propia.
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El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha planteado este lunes su propuesta para el sistema de cotización de ingresos reales de los autónomos. Su idea incluye subidas de cuotas de manera progresiva para el periodo 2026-2031.
Así lo indican las asociaciones de autónomos que han asistido al encuentro. El equipo de Elma Saiz ha propuesto elevar las cuotas mensuales cuando se cotice por la base mínima entre 17,37 euros y 206,24 euros, dependiendo de los rendimientos netos.
Esto supone que, si se aplica la propuesta de Seguridad Social, los autónomos españoles tendrán que pagar entre 209 (como mínimo) y 2.474 euros (como máximo) más al año en 2026.
De esta manera, los autónomos que paguen la cuota mínima mensual (200 euros, ahora mismo), pasarán a abonar 217,37 euros en 2026.
Para los siguientes años (al menos hasta 2028) habrá más subidas, de manera que las cotizaciones que paga un asalariado y las que abonan los autónomos se armonicen.
Así, la idea es que los autónomos que menos ingresen (los que tengan rendimientos netos por debajo de los 670 euros al mes) tengan que abonar 234,73 euros mensuales, que subirán a 252,1 euros en 2028.
Cabe recordar que las cuotas de los autónomos se dividen en 12 tramos. A más ingresos, mayores cuotas hay que pagar.
SMI
Por otro lado, la propuesta de Seguridad Social incluye también que la base mínima de cotización (sobre la que se calcula la cuota) sea una parte proporcional del salario mínimo. "Esto se logrará al final del periodo de transición, en 2031", indican fuentes del departamento.
De esta manera, "si el SMI sube, también lo hará esa base mínima de forma gradual".
Asimismo, el departamento que dirige Elma Saiz propone actualizar el importe de la tarifa plana de tal manera que represente "el 40% de la cuota asociada a la base mínima del tramo 1 de la tabla reducida". Es decir, "adaptándola a los nuevos valores cuando cambien las bases o el SMI".