La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz.

La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz. Jesús Hellín Europa Press

Empleo Hoy

La Inspección de Trabajo verificará los contratos y los despidos para evitar fraude en el periodo de prueba

El Ministerio de Trabajo asegura que el 91% de los contratados indefinidos supera ese tiempo.

24 abril, 2024 12:44

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) comenzará de inmediato una campaña para evitar el abuso en el periodo de prueba de los empleados. Para ello, este organismo dependiente del Ministerio de Trabajo, verificará los contratos que se extinguen tras ese tiempo así como los despidos por la misma causa.

El Ministerio ha detectado un uso indebido del periodo de prueba en algunas empresas, que termina con el despido de los trabajadores contratados para esa función. "Es inadmisible que se use para defraudar el derecho de los trabajadores a la estabilidad. No lo vamos a permitir", ha advertido la titular de la cartera, Yolanda Díaz.

A través de la Herramienta de Lucha contra el Fraude, la Inspección de Trabajo buscará posibles irregularidades para evitar que algunas empresas recurran a fórmulas que mermen los derechos de los trabajadores y supongan un obstáculo para la libre competencia entre las empresas, según informan desde el Ministerio.

[Las demandas por despido se dispararon un 16,1% en 2023 y alcanzaron su cifra más alta en una década]

La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo ha recordado que el periodo de prueba "es una institución que cumple un valor imprescindible en las relaciones laborales", que es "valorar las aptitudes de los trabajadores". Asimismo, Díaz ha precisado que el periodo de prueba no puede excederse más de seis meses en el caso de empleados con titulación y de dos en caso de carecer de ella.

En el caso de las empresas con menos de 25 de trabajadores, el periodo de prueba será de tres meses, a excepción de los técnicos titulados. En los contratos temporales de seis meses o menos, este tiempo de valoración no puede exceder de un mes, según consta en el Estatuto de los Trabajadores.

Desde el Ministerio también recuerdan que no se puede volver a someter a un trabajador a un periodo de prueba si ya lo ha superado o si se utiliza ese periodo sin tener en cuenta la formación del trabajador. 

Díaz ha señalado que desde la entrada en vigor de la reforma laboral hay tres millones de personas más con un contrato indefinido. El 91% de los casos superaron el periodo de prueba.