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Empleo Hoy TRIBUNALES

Imputados por la lesión de un trabajador jefes de la empresa subcontratada por Facebook para retirar vídeos extremos

La Justicia ya concluyó que el "pánico" que sufrió el empleado respondía a un accidente laboral por el extremismo de los contenidos que debía moderar.

27 febrero, 2024 17:46

Un juzgado de Barcelona ya investiga por varios delitos a los responsables de dos empresas subcontratadas por Facebook para visionar y eliminar de la plataforma los "vídeos extremos". Se trata de archivos con contenido ilegal o violento, como decapitaciones o autolesiones.

En un auto, fechado el pasado día 12 de febrero y al que ha tenido acceso EL ESPAÑOL-Invertia, el Juzgado de Instrucción número 29 de la Ciudad Condal admite a trámite la querella presentada por un joven trabajador contra varios responsables de las compañías CCC Barcelona Digital Services, filial de la canadiense Telus Internacional.

Las dos empresas, además, serán consideradas en esta investigación como posibles responsables civiles subsidiarios.

Los querellados, por su parte, serán citados a declarar por un presunto delito contra los derechos de los trabajadores, en concurso con un supuesto delito de lesiones por imprudencia grave y uno contra la integridad moral.

Además, tal y como ya publicó EL ESPAÑOL-Invertia, la baja laboral causada por el "pánico" que este trabajador sufrió tras tener que analizar decenas de vídeos extremos fue considerada como un accidente laboral. Así lo concluyó el Juzgado de lo Social número 28 de Barcelona, tras la demanda interpuesta por el mismo empleado que ahora presenta la querella.

Esta última también se dirigía contra Facebook Spain SL, que se desvinculó de la actividad realizada por el joven. El Juzgado, en ese punto, da la razón a la filial de la red social en España e inadmite la querella tan sólo en ese extremo. La querella solicita una indemnización de 150.000 euros.

El joven trabajaba desde 2018 como "moderador de contenidos en línea" y, tal y como reconoció el Juzgado de lo Social, desde 2019, sufrió ataques de pánico, tendencia al aislamiento, tanatofobia (miedo a la muerte) y despertares nocturnos sorpresivos. Así se lo diagnosticó un centro de salud mental de la Ciudad Condal.

Cuando ascendió en la empresa, acabó responsabilizándose de analizar vídeos extremos de "alta prioridad", que, dada su violencia, debían ser retirados de la Red cuanto antes. Se trata de grabaciones de atentados terroristas, suicidios, automutilaciones, decapitaciones de civiles, escenas de posible ciberacoso...

Debido al malestar que le provocó esta labor, el trabajador demandante renunció a su puesto de trabajo en noviembre de 2020. En junio de 2022, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) concluyó que su baja laboral "deriva de accidente de trabajo".

Sin embargo, la empresa recurrió esta decisión, considerando que los padecimientos que sufre son una "enfermedad común". El Juzgado de lo Social acabó dando la razón al joven y concluyó que su malestar era un evidente accidente laboral, ya que estaba derivado, únicamente, de su labor en la empresa.