Imagen de archivo de una mujer abrochando su sujetador.

Imagen de archivo de una mujer abrochando su sujetador. Istock

Empleo Hoy TRIBUNALES

La Justicia anula el despido de una camarera de un bar de 'striptease' que se negó a ir en "sujetador, culotte y medias"

Una sentencia obliga a la empresa a abonarle "6.251 euros en concepto de daños morales", ya que considera vulnerado su derecho al honor.

7 febrero, 2023 16:37

El Juzgado de lo Social número 4 de Barcelona ha anulado el despido de una camarera que trabajaba en un bar de striptease y que se negó a lucir "sujetador, culotte y medias".

Así consta en una sentencia, fechada el pasado mes de diciembre y que da la razón a la trabajadora, al considerar que la empresa vulneró su derecho al honor y a la propia imagen.

"Condeno a la empresa demandada a la inmediata readmisión de la trabajadora con abono de salarios de trámite, debiendo cesar la empresa en la conducta que se ha estimado contraria a los derechos fundamentales de la [trabajadora]", reza el fallo, consultado por EL ESPAÑOL-Invertia.

La juez Elsa García Pañella también obliga a la compañía AlemanProduct SL "al abono de 6.251 euros en concepto de daños morales". Y deberá indemnizar a la empleada con la cantidad de 1.613,74 euros, más un 10% (161 euros) como intereses de demora.

Tal y como consta en el relato de hechos probados de la resolución, la empresa obligaba a las camareras "a llevar un atuendo específico", consistente en sujetador, culotte y medias".

La trabajadora se negó a lucir este uniforme y así se lo hizo saber a sus jefes. No obstante, "accedió puntualmente a llevar dicha vestimenta, lo que provocó que se viera involucrada en una situación embarazosa por un cliente del bar".

El 8 de septiembre de 2021, la empresa amonestó a la empleada "por negarse a seguir las indicaciones de su inmediato superior y no cumplir con las condiciones de atuendo que pactó y aceptó en la firma de su contrato".

Ello provocó que la compañía, el 12 de septiembre de 2021, le concediese vacaciones y, tras su regreso, el 25 de octubre de 2021, le comunicó el fin de su contrato temporal.

En la sentencia, la jueza subraya que los daños morales causados a la trabajadora por "la imposición" lucir esta vestimenta "resultan plenamente acreditados". Por ello, accede a que se le conceda la indemnización que solicitó, de 6.251 euros, "cantidad que se estima adecuada en atención a los daños morales ocasionados [a la trabajadora]".

Esta resolución puede ser recurrida ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.