Economía

La justicia pone en jaque el modelo de las empresas digitales de reparto

23 julio, 2019 19:20

Óscar Tomasi

La justicia española ha colocado en entredicho con sus sentencias el modelo empresarial en el que se basan compañías digitales de reparto como Deliveroo, Glovo o Ubereats, que dependen de su legión de ciclistas ("riders") para ejercer su actividad.

Primero la Inspección de Trabajo, y ahora los jueces, han considerado probado que existía una relación laboral entre Deliveroo y sus repartidores, en contraste con las tesis defendidas por el sector, que ve cómo las sentencias afectan en realidad a los intereses de todos sus integrantes e insiste al unísono en tratarlos como autónomos.

Aunque los fallos de los juzgados de lo Social de Valencia y Madrid marcan un antes y un después -a la espera de conocer el resultado de los recursos que presentará la compañía-, ambos casos sólo hacen referencia a los primeros años de actividad de Deliveroo en España, entre 2015 y 2017.

El modelo de contrato ofrecido a los llamados "riders" ha cambiado desde entonces en varias ocasiones y, de hecho, fuentes jurídicas confirman a Efe que falta por ver todavía si estas decisiones se aplicarían también ahora, tras las modificaciones realizadas.

Durante la sesión del juicio celebrado en Madrid el pasado 31 de mayo, estos cambios en el contrato firmado con los repartidores salieron a la palestra en varias ocasiones.

De hecho, Deliveroo cuando arrancó sus operaciones facilitaba a los "riders" mochilas con su marca, e incluso les daba el contacto de empresas de alquiler de bicicletas y motos con los que mantenía un acuerdo verbal para que les aplicaran un precio "inferior al de mercado".

También comenzó pagando parte de los gastos en combustible y repartía un folleto informativo con "instrucciones sobre la forma de trabajar".

Todos ellos son factores que el juez considera claves a la hora de decidir que existía una relación laboral efectiva y que, en realidad, no eran "falsos autónomos".

Uno de los puntos más importantes es que Deliveroo, además, incluía el rechazo de pedidos entre las métricas que hay que tener en cuenta en la distribución de horas a los "riders", lo que en la práctica los penalizaba.

Varias de estas prácticas han desaparecido con el tiempo, aunque desde los sindicatos y colectivos que agrupan a la mayoría de repartidores consideran que la esencia permanece.

"Han ido modificando 'cositas' para disimular, pero siguen trabajando igual", apunta a Efe uno de los letrados de la acusación participantes en el caso.

En su opinión -compartida por otros abogados de la acusación-, las empresas digitales de reparto confían en sus recursos para demorar en el tiempo que la sentencia sea en firme, a la espera de lograr un cambio normativo que el sector reclama con insistencia.

El cofundador de Glovo Sacha Misaud ha cargado duramente en los últimos meses contra el "ataque frontal del Gobierno a través de la Inspección de Trabajo" hacia el sector y ha reclamado la creación de una mesa de diálogo con las autoridades.

El director general de Deliveroo en España, Gustavo García, ha pedido públicamente que el Ejecutivo adopte el ejemplo de Francia y cree una figura de "autónomo digital" que aúne "flexibilidad y seguridad".

El sector habla de "inseguridad jurídica", pues además de estas dos sentencias de los juzgados de lo Social -surgidas a instancias de la Inspección de Trabajo-, cada una de ellas afronta un goteo continuo de demandas individuales que de momento se están cerrando con fallos a favor y en contra, lo que bajo su punto de vista demuestra que son necesarios cambios en la ley.

Frente a los más de 10.000 repartidores que hay en el país, el número de contratados en plantilla por estas firmas se cuenta por centenares -para labores de mercadotecnia, apoyo informático, gestión, etc.-, por lo que de tener que emplear a todos sus "riders" y pagar las multas a la Seguridad Social, sus costes se dispararían.