Economía

Expertos ven en la venta de opciones binarias una nueva vía de reclamación

10 julio, 2019 15:28

Madrid, 10 jul (EFECOM).- La decisión de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), que recientemente ha prohibido de forma indefinida la comercialización, venta y distribución de opciones binarias entre clientes minoristas, "abre la puerta" a una nueva vía de reclamación por instrumentos complejos de alto riesgo.

Así lo ha expresado este miércoles el socio fundador de Zunzunegui Abogados, Fernando Zunzunegui, que en un encuentro con la prensa ha explicado el alcance de la reciente resolución de la CNMV, que describe a estos productos con unas características "más próximas a los juegos de azar que a las inversiones financieras".

En concreto, las opciones binarias permiten invertir en subyacentes como divisas, materias primas e índices, si creen que va a subir o bajar en un determinado período de tiempo.

Publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el pasado 29 de junio, la nueva normativa establece además restricciones a la venta de CFD, contratos financieros suscritos entre dos partes para intercambiar la diferencia entre el precio de compra y el de venta de un activo.

Para la CNMV, tanto uno como otro son instrumentos "especialmente complejos, que se caracterizan fundamentalmente por su complejidad y riesgo alto, y por su elevada volatilidad a corto plazo", y añade que en el caso de los CFD existe un apalancamiento tal que el inversor puede incurrir en pérdidas superiores al importe inicialmente desembolsado.

Según Zunzunegui, la resolución podría ser de aplicación en otros productos que el organismo supervisor considera similares, ya sean híbridos, como los bonos subordinados, bonos convertibles forzosos o participaciones preferentes, o contratos de compraventa de opciones o productos estructurados.

En su opinión, al no tratarse de inversiones financieras, se aplicaría la jurisprudencia que entiende como ilícito el juego contrario a normas administrativas.

De este modo, "el contrato sería nulo", con lo que el cliente podría quedar liberado de reembolsar el importe del apalancamiento.

También ha intervenido el perito y consultor Ángel Vilariño en este acto, en el que se ha recordado que la medida de la CNMV es equivalente a las acordadas por la Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA) en 2008.

Algo que ya reconocía el propio organismo cuando decidió mantener la prohibición de venta de estos productos en España "mientras no se aprecie por la Comisión que se han producido cambios en las condiciones de mercado que permitan su derogación".