Un grupo de afectados por su inversión en Bankia.

Un grupo de afectados por su inversión en Bankia. Getty

Economía Sentencia de Bankia

Caso Bankia: una victoria para 347.000 inversores cuatro años después

La sentencia beneficiará a las reclamaciones en curso, las rechazadas y a otras que se reabrirán.

28 enero, 2016 01:49

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El 20 de julio de 2011 saltó al parqué. Hoy se considera una operación fraudulenta que atrapó a miles de accionistas. Bankia -resultado de la unión de Caja Madrid, Bancaja y otras cajas más pequeñas- atrapó a 347.000 ahorradores, grandes y pequeños. Todos cayeron en la misma trampa: una operación auspiciada por el poder y vendida con los mejores reclamos por las redes comerciales de Santander, Bankia, Sabadell… ¿Qué iba a fallar si tanto VIP firmaba una operación para ganar dinero?

Con la bendición de las instituciones más poderosas del Estado (Gobierno de Rodríguez Zapatero, Ministerio de Elena Salgado, Banco de España de Miguel Ángel Fernández Ordóñez y CNMV de Julio Segura), la Bankia de Rodrigo Rato, José Luis Olivas y Francisco Verdú irrumpía por la vía rápida en el mercado español, arrastrando con ella a 347.000 inversores que confiaron sus ahorros en aquella operación, forzada por la necesidad de capital de la entidad para reforzar su solvencia. Captó 3.300 millones de euros con la venta de 880 millones de acciones, a razón de 3,75 euros por cada título.

Hoy, estos valores valdrían poco más de de un céntimo teniendo en cuenta las sucesivas inyecciones y ampliaciones de capital con dinero público que han diluido hasta la nada aquellas acciones. Supone una pérdida del 99% que la mayoría de inversores que hubieran mantenido su inversión hasta ahora. Hoy representarían un porcentaje muy pequeño en Bankia. La entidad financiera provisionó hasta 1.800 millones de euros para hacer frente a los 800 millones de euros que se encuentran en proceso de reclamación.

Cotización en bolsa de Bankia.

Cotización en bolsa de Bankia.

En teoría, cualquiera podría recuperar después de la sentencia histórica del Tribunal Supremo que anula la compraventa de aquellas acciones Incluso, para los grandes inversores que renunciaron a reclamar. “No se puede renunciar a reclamar un engaño”, opina Jesús María Ruiz de Arriaga, director de uno de los despachos con más clientes (37.000) en demandas en el sector financiero por venta de acciones y preferentes.

"El perfil de los inversores era muy heterogéneo en este caso. Si en las preferentes, los inversores eran gente mayor y tenían atrapados todos o casi todos sus ahorros, en la salida a bolsa de Bankia invirtió mucha más gente, pero cantidades más pequeñas. Desde el estudiante que había ahorrado algo de dinero o al que le vendían acciones tras suscribir un préstamo, a inversores institucionales y gente famosa", explica Arriaga, que ha llevado el caso del futbolista Iker Casillas, imagen de la firma.

Una cuestión zanjada: fraude

Cuatro años y medio después, la cuestión ha quedado zanjada: el folleto de la salida a bolsa de Bankia era falso, según distintas fuentes jurídicas que interpretan el fallo del Supremo. El alto tribunal señala en su fallo que el documento contenía “graves inexactitudes”, como por ejemplo, que una entidad financiera aparentemente en beneficios tuvo que ser rescatada primero por el Estado, a través del FROB, y luego por la Unión Europea, a través del rescate bancario a España de 100.000 millones, de los que una quinta parte tuvieron que guardarse para esta entidad sistémica.

Ahora, de nuevo, será el contribuyente quien vuelva a pagar la factura de aquella operación a través de Bankia, que en diciembre elevó sus provisiones hasta los 1.800 millones de euros, un margen (1.000 millones) del que todavía tendrá que echar mano si se reabren procesos de reclamación. Además del principal (lo invertido), el banco público que dirige José Ignacio Goirigolzarri tendrá que asumir hasta un 20% por el interés legal del dinero y otro 30% adicional por las costas de los juicios, según calculan fuentes financieras. De esta manera, la cifra real actual en proceso de reclamación podría alcanzar los 1.200 millones.

Jurisprudencia social

“Es la resolución más importante en todo este proceso. Hasta ahora se habían producido sentencias en juzgados provinciales, pero el Supremo, tal como está redactada la sentencia, marca jurisprudencia para el resto de caso y puede reabrir reclamaciones”. Siembre jurisprudencia y es vinculante. Fundamenta que no hubo información completa, exacta y veraz. El folleto no era correcto, era falso”, explica Fernando Zunzunegui, profesor de Derecho Bancario.

La sentencia afecta a 347.000 inversores, según las cifras que manejan fuentes conocedoras de los datos de aquella operación, si bien estas “pudieron inflarse” en su momento como consecuencia de la propia estrategia de las entidades financieras para aumentar el atractivo de la operación para el resto de accionistas.

Lo ocurrido en el Supremo es una victoria para los accionistas minoritarios, pero también lo es para los inversores institucionales, que acudieron en primer lugar a la operación de la mano de la propia entidad. El Supremo da la razón a los accionistas minoritarios, aunque la primera sentencia data de un juzgado de Oviedo, en febrero de 2014, cuando el juez Martínez-Hombre consideró que se le engañó a un cliente con la comercialización de acciones haciéndole ver la alta demanda que existía con la operación. Todo fue un espejismo, un mal sueño, un engaño que pasará a la historia como uno de los mayores escándalos financieros en España.