Bárcenas, tras una de sus comparecencias judiciales./

Bárcenas, tras una de sus comparecencias judiciales./ Efe

Tribunales

Cinco claves de la sentencia del caso Gürtel

Los hechos declarados probados respecto al extesorero del PP anticipan el calvario que representará para el partido de Rajoy el juicio de los 'papeles de Bárcenas'.

24 mayo, 2018 22:13

La Audiencia Nacional ha emitido este jueves la sentencia de la causa penal por corrupción que más gravemente ha afectado al Partido Popular. Una ministra, Ana Mato; dos altos cargos del Gobierno madrileño de Esperanza Aguirre, cinco alcaldes y concejales y un diputado nacional se vieron forzados a dejar sus cargos por un proceso que ha durado 10 años y que ha afectado también a dos extesoreros del partido, Luis Bárcenas y Ángel Sanchis, ambos condenados.

Los 29 condenados de la trama Gürtel suman 351 años de cárcel

"Corrupción institucional"

La Sección Penal Segunda declara probado que entre 1999 y 2005 -período al que se ciñe esta parte del caso Gürtel- las empresas de Francisco Correa y el PP crearon "un auténtico y eficaz sistema de corrupción institucional a través de mecanismos de manipulación de la contratación pública central, autonómica y local" gracias a su "estrecha y continua relación con influyentes militantes de dicho partido que tenían posibilidades de influir en los procedimientos de toma de decisión en la contratación pública de determinados entes y organismos públicos que dirigían o controlaban directamente a través de terceras personas”.

Los hechos juzgados se circunscriben a la comunidad de Madrid, los municipios madrileños de Pozuelo y Majadahonda y la comunidad de Castilla y León. Todas estas administraciones estaban en manos del PP. La sentencia relata cómo las empresas de Correa u otras mercantiles por las que él intermediaba, con el apoyo de los cargos públicos condenados, gozaban de un "arbitrario trato de favor" en la contratación pública. Inflaban precios con la finalidad de obtener ilícitamente importantes beneficios a costa del erario público o cobraban comisiones cuando las adjudicatarias eran terceras empresas.

Francisco Correa obtuvo 8,4 millones de euros en contratos públicos que le fueron adjudicados entre 2000 y 2008. "Estos contratos", dice la Sala, "generaron un importante perjuicio a las entidades públicas, por cuanto el precio del servicio que les fue prestado era mayor que el normal de mercado por el superior margen de beneficio de las empresas de Correa y porque incluía como coste la comisión abonada para obtener las adjudicaciones”. Además, Correa ingresó 2,8 millones en concepto de comisiones por intermediar en favor de empresas ajenas a su grupo.

Acreditada la 'caja B', desacreditado Rajoy

La Audiencia Nacional también considera acreditado que las cantidades detraídas a las Administraciones públicas controladas por la trama "sirvieron directamente para pagar gastos electorales o similares del Partido Popular o fueron a parar como donaciones finalistas a la llamada 'Caja B' del partido".

Por dos votos a uno, la Sala ha incluido en los hechos probados la existencia de la caja B del Partido Popular, a la que define como una "estructura financiera y contable paralela a la oficial existente al menos desde el año 1989, cuyas partidas se anotaban informalmente, en ocasiones en simples hojas manuscritas como las correspondientes al acusado Bárcenas, en las que se hacían constar ingresos y gastos del partido o en otros casos cantidades entregadas a personas miembros relevantes del partido".

El presidente del tribunal, Ángel Hurtado, explica en un voto discrepante que votó en contra de incluir en la sentencia las anteriores afirmaciones porque "al PP no se le ha enjuiciado por actividad delictiva alguna" sino como mero partícipe a título lucrativo, es decir, por haberse beneficiado de los fondos detraídos (en una cuantía de 111.864 euros por gastos electorales en Pozuelo y 133.628 euros por gastos electorales en Majadahonda) pero "ajeno a cualquier relación con la actividad delictiva".

No obstante, Hurtado no ha votado en contra de la condena a Luis Bárcenas por apropiación indebida por haberse quedado con fondos de la caja B, lo que viene a acreditar, a la postre, la existencia de la contabilidad opaca del PP.

La sentencia declara probado que el extesorero, "aprovechándose de la opacidad que ofrecía esa doble estructura contable del partido", detrajo entre 2001 y 2003 un total de 150.000 euros que ingresó en una cuenta en Suiza. En 2005 se adueñó de otros 149.600 euros que, de acuerdo con su mujer, destinó a pagar unos inmuebles adquiridos por el matrimonio.

Aunque cada proceso penal depende de lo que ocurra en su propio seno y de las pruebas que se practiquen en el juicio oral, las aseveraciones de la Sala que ha juzgado la primera parte del caso Gürtel pueden tener incidencia en la causa sobre los llamados 'papeles de Bárcenas', aún en instrucción.

El coste -al menos judicial- de la ahora acreditada financiación paralela del PP no ha acabado, y de cara al proceso por los 'papeles de Bárcenas' la posición del presidente del partido, Mariano Rajoy, será mucho más vulnerable porque la sentencia conocida este jueves resta credibilidad al testimonio que prestó el pasado 26 de julio ("Jamás oí hablar de financiación irregular").

Como era previsible, Ana Mato, que dimitió en noviembre de 2014 tras ser considerada por el juez instructor, Pablo Ruz, como partícipe a título lucrativo de las actividades ilícitas de la trama Gürtel, ha sido condenada por este concepto. Correa asumió el pago de un total de 27.857 euros en regalos a Mato, viajes familiares y celebraciones de sus hijos.

Éxito de Anticorrupción

La Fiscalía que dirige Alejandro Luzón ha visto acogidas sus principales tesis fácticas y jurídicas, lo que se refleja en unas penas severas y en un ramillete de delitos expresivos de corrupción en estado puro: asociación ilícita, fraude a la administración, cohecho, falsedad en documento mercantil, malversación de caudales públicos, prevaricación, blanqueo de capitales, delitos contra la hacienda pública, tráfico de influencias, apropiación indebida, exacciones ilegales y estafa procesal intentada.

De los 37 acusados por las fiscales Concepción Sabadell y Concepción Nicolás, sólo ocho han sido absueltos y, de ellos, el único relevante era Álvaro Pérez, ya condenado por otro proceso relacionado con Gürtel, el caso Fitur. La Sala no ha considerado acreditado que Pérez contratara las fiestas familiares que pagó Correa a Ana Mato y Jesús Sepúlveda, ni que entregara fondos ilícitos al exalcalde de Pozuelo ni tampoco a Bárcenas.

"Luis el cabrón"

La absolución de Pérez ha propiciado la de Bárcenas por el único delito de cohecho que le imputaba la Fiscalía, consistente en la supuesta percepción de 72.000 euros procedentes de la caja B de Correa.

La acusación se basaba en un apunte consignado por el contable de Correa, José Luis Izquierdo, el 5 de junio de 2007: “Ent.sobre P. Crespo y Alvaro Ref.Luis 'El cabrón'". Anticorrupción consideraba que este último era Bárcenas. La Sala indica que "la prueba practicada no nos permite llegar a esa conclusión con la certeza que requeriría un pronunciamiento de condena", entre otros motivos porque tanto Correa como Pérez han negado que el extesorero fuera conocido con ese mote.

Bárcenas sí ha sido condenado por delitos fiscales, de falsedad continuada en documento mercantil, blanqueo de capitales y de intento de estafa procesal (engaño al tribunal) a 33 años y cuatro meses de cárcel, algo menos de lo que reclamó la Fiscalía (39 años y medio). Además de ser absuelto de cohecho, se le ha eximido de los delitos fiscales correspondientes a los ejercicios 2000, 2001, 2002, 2004, 2005 y 2009 al considerarse prescritos.

Rosalía no es un un "simple objeto"

Una de las condenas más duras la ha recibido la esposa de Bárcenas, Rosalía Iglesias. Por unanimidad del tribunal se le han impuesto 15 años y un mes de cárcel (la Fiscalía pedía para ella 24 años y un mes) por los mismos delitos que a su marido.

La Sala no ha creído que sea una mujer sin conocimientos que se limitaba a firmar lo que le ponía delante su esposo. "Más bien [Iglesias] ha convencido de que poseía una preparación nada compatible con esa ignorancia de que pretende hacer creer", dice el tribunal, que se ha fijado en el dinero que circulaba por sus cuentas, en su "activa participación" en la compra de acciones de Libertad Digital con dinero de la caja B del PP y en la "fraudulenta estratagema que, de acuerdo con su marido, urdió para preparar la documentación relacionada con la compraventa de cuadros y que presentó con motivo de la inspección tributaria de que fue objeto por el ejercicio del IRPF de 2006".

La sentencia añade que "el ejemplo más significado de que no cabe asumir ese planteamiento [de falta de conocimientos] lo podemos poner en relación con la cuenta suiza de la que es titular, respecto a la que afirma que no ha tenido nada que ver porque su marido la abrió sin consultar con ella o con que firmaba cuanta documentación bancaria le ponía a la firma sin preguntar para qué o por qué, pues, además de estar definiendo con ese comportamiento un caso claro de ignorancia deliberada, de admitirlo, la estaríamos relegando a poco más de un simple objeto y esto no lo debe consentir este Tribunal".

La entidad de la pena impuesta a Rosalía Iglesias hace previsible que la Fiscalía Anticorrupción pida a la Sala su ingreso preventivo en prisión mientras el Tribunal Supremo resuelve los recursos que con toda seguridad se interpondrán contra el fallo. Se produciría así la situación que Bárcenas, más preocupado por su esposa que por él mismo, ha comentado en ocasiones a su círculo de airear la comprometida información que posee contra su antiguo partido y sus dirigentes.