Fachada del Tribunal Supremo.

Fachada del Tribunal Supremo. EFE

Albacete

El Supremo rebaja la condena al abusador de una menor en Albacete por la Ley del 'sí es sí'

Los hechos ocurrieron entre diciembre de 2015 y septiembre de 2016, cuando la víctima tenía 11 años. 

26 agosto, 2023 17:57

En aplicación de Ley del 'sí es sí', el Tribunal Supremo ha rebajado de diez años y un mes a nueve años y un mes de prisión la condena a un hombre por abusar sexualmente de una niña de 11 años en un municipio de la provincia de Albacete.

Se trata de unos hechos que ocurrieron entre diciembre de 2015 y septiembre de 2016, cuando el condenado comenzó una relación con una menor a la que facilitó dos tarjetas telefónicas para mantener conversaciones e intercambiar mensajes por WhatsApp.

Aprovechando que era amigo de la madre y la menor de sus hijos, empezó a ganarse la confianza de la víctima, "con la intención de hacerle creer que la quería y conseguir una relación de carácter sexual".

Según EFE, la resolución da cuenta de las conversaciones de contenido sexual entre ambos, así como de los encuentros sexuales que mantuvieron en casa del condenado, a la que accedían procurando que nadie los viera y que fueron a más a partir de junio de 2016. En este momento, la menor tenía 12 años.

Fue en septiembre cuando una amiga de la madre se enteró de la relación y la avisó, por lo que esta denunció inmediatamente los hechos.

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Un año menos

La rebaja de un año en la condena se justifica porque en este caso es más beneficiosa para el reo. Sin embargo, el alto tribunal rechaza todas las alegaciones del condenado quien "no solo se aprovechó de la marcadísima diferencia de edad con la menor -casi 34 años-, sino también de la franca accesibilidad a esta, basada en la confianza y las facilidades situacionales -reuniones familiares, contactos intensos con sus propios hijos, pequeña localidad- para introducirse en la vida cotidiana de la niña".

"Todo ello le posibilitó mantener con la menor frecuentes comunicaciones de contenido sexual y concertar también los numerosos encuentros en una casa de la localidad, donde se mantuvieron relaciones sexuales con penetración en varias ocasiones".

"Además de infringir de manera grave e irreductible las genéricas obligaciones éticas y morales de no dañar a los demás y, en especial, a una niña de once años, se aprovechó intensamente de un marco relacional personal y afectivo que le vinculaba con la menor para llevar a cabo su plan criminal".