Imagen de un recién nacido durante la lactancia.

Imagen de un recién nacido durante la lactancia. EUROPA PRESS

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Un trabajador gana un pleito al Ayuntamiento de un pueblo de Ciudad Real: "Era un permiso legal que le correspondía"

Un juzgado condena a Pozuelo de Calatrava a indemnizar con 3.000 euros a un empleado al que negó el disfrute del periodo de lactancia.

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El juzgado de lo Social número 2 de Ciudad Real ha condenado al Ayuntamiento de Pozuelo de Calatrava a indemnizar con 3.000 euros a un trabajador que había solicitado un permiso de lactancia acumulada, tras la finalización del de paternidad, que le fue denegado.

La sentencia, fechada el 14 de noviembre y que ha hecho pública la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), considera que el Ayuntamiento vulneró el derecho a la igualdad por razón de sexo de este trabajador cuando, tras realizar dicha petición, le denegó el permiso alegando que sólo se reconocía a las mujeres.

Asimismo, el sindicato ha agregado en nota de prensa que el Consistorio alegó que por necesidades de servicio tampoco se le podía conceder este permiso, ya que durante los meses de septiembre y octubre, fecha en la que se solicitaba disfrutar del mismo, se necesitaban "todos los recursos humanos disponibles para atender los servicios públicos".

Ante esta situación, el trabajador pidió dos días de asuntos propios y otros 16 de vacaciones para cubrir los 22 días laborables que le correspondían por el permiso de lactancia, que sí le fueron concedidos.

CSIF Ciudad Real ha argumentado que sus servicios jurídicos han demostrado que la denegación inicial supone una vulneración al derecho a la igualdad por razón de sexo, ya que desde 2019 este permiso está reconocido tanto para hombres como para mujeres.

Asimismo, han probado que el trabajador sufrió el perjuicio de tener que utilizar días de vacaciones y asuntos propios para cubrir el mismo período que necesitaba y solicitó para el permiso de lactancia, mientras que en este caso el Ayuntamiento no consideró que se vieran afectadas las necesidades del servicio, pese a que los días eran los mismos que cuando se denegó el derecho.

Por todo ello, ha destacado que la sentencia reconoce que el Ayuntamiento de Pozuelo de Calatrava ha provocado un daño moral en el trabajador, quien se vio obligado a utilizar sus propias vacaciones y permisos para cubrir el periodo de lactancia que debió haberse cubierto "con un permiso que legal y convencionalmente le correspondía", y condena al Consistorio a indemnizar con 3.000 euros a este empleado.