Alquilar una segunda vivienda puede suponer un ingreso extra considerable para muchos propietarios, pero existe un requisito indispensable que buena parte de ellos desconoce: el certificado energético, sin el cual arrendar un inmueble implica arriesgarse a serias sanciones económicas.
El documento es obligatorio desde 2013 tanto para vender como para alquilar una vivienda, en línea con una normativa que busca promover un parque inmobiliario sostenible. Quien incumpla puede enfrentarse a multas de hasta 6.000 euros, según el caso.
El certificado de eficiencia energética (CEE) es un documento oficial que acredita la calificación de una vivienda según su consumo y eficiencia. Lo emiten técnicos habilitados, que analizan elementos que condicionan el consumo, como la calefacción o la refrigeración.
Una vez realizado el estudio, el técnico registra el certificado en el organismo autonómico competente. Su precio medio ronda los 1,50 euros por metro cuadrado, de modo que un piso de 80 metros costaría unos 120 euros, IVA incluido.
Cuáles son las infracciones
Todos los certificados muestran en su primera página una etiqueta energética con dos calificaciones, de la A a la G, que informan del consumo de energía y de las emisiones de dióxido de carbono por metro cuadrado al año.
La lectura es sencilla: las letras A y B señalan viviendas muy eficientes, la C y la D reflejan un consumo adecuado, la E y la F indican poca eficiencia y la G corresponde al peor rendimiento energético posible.
El Real Decreto 235/2013 establece que el propietario es el responsable de solicitar y mantener actualizado el certificado de la vivienda que quiere alquilar o vender. Además, el documento tiene una vigencia de diez años desde que se emite.
El listón energético seguirá subiendo. La Directiva europea de Eficiencia Energética de la Edificación contempla que, en 2030, todas las viviendas que se vendan o alquilen tengan al menos una etiqueta E, y a partir de 2033, una D.
La normativa distingue tres niveles de infracción con multas proporcionales. Son infracciones leves anunciar un piso en alquiler sin incluir la calificación energética, no exhibir correctamente la etiqueta del inmueble u omitir la renovación del certificado cuando ha caducado.
Las sanciones por estos incumplimientos leves oscilan entre 300 y 600 euros. Se trata del escalón más bajo de un régimen sancionador que se endurece de forma muy notable cuando el propietario omite el registro o ofrece datos erróneos.
Son infracciones graves no registrar el certificado en el organismo competente, ofrecer datos erróneos sobre la calificación obtenida o formalizar un contrato de alquiler sin entregar al arrendatario un certificado válido. Las multas van de 601 a 1.000 euros.
Las infracciones muy graves son la manipulación o falsificación del certificado y la publicación de una calificación energética que no esté respaldada por el documento. La sanción mínima es de 1.001 euros y puede llegar hasta los 6.000 euros.
Con un coste de unos 120 euros para 80 metros y una validez de 10 años, el certificado supone un gasto mínimo frente a unas sanciones que pueden multiplicarse por 50. Comprobar su vigencia antes de alquilar evita disgustos.
