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Las claves

Tener una mascota no es tan fácil como darle de comer, sacarla a pasear o llevarla al veterinario. Se trata de un ser vivo del cual somos responsables, para lo bueno y para lo malo, incluyendo las consecuencias de aquellos actos donde el animal provoque daños a otra persona, otro animal o incluso a otros objetos.

Y no, no es una simple recomendación de convivencia: la responsabilidad está recogida expresamente en la legislación española; en concreto en la Ley 7/2023 de protección de los derechos y el bienestar de los animales, que ya entró en vigor en septiembre de 2023.

En su artículo 24.3 establece que la persona responsable de un animal también deberá responder por los posibles "daños, perjuicios o molestias" que este pueda causar a personas, otros animales, cosas, espacios públicos o incluso al medio natural.

Asimismo, la norma introduce una excepción importante: que exista provocación o negligencia por parte de un tercero.

Asumir toda la responsabilidad

En otras palabras, el dueño o responsable de la mascota en ese momento no siempre tendrá que asumir toda la responsabilidad si el daño se produce porque otra persona provocó la situación o actuó de forma negligente: si alguien molesta, golpea o asusta a nuestro perro y este reacciona causando un daño, esta conducta de provocación debe tenerse en cuenta.

En la práctica, la ley tiene efectos en situaciones mucho más cotidianas de lo que parece. Por ejemplo, imaginemos un paseo con nuestro perro, durante el cual este se escapa y muerde a otro, o bien tira a otra persona al abalanzarse sobre ella, o incluso causa desperfectos en una propiedad ajena.

En definitiva, cualquiera de estas situaciones podría catalogarse como un daño y el responsable del animal (que no tiene por qué ser el dueño en todos los casos) debe hacerse responsable de su vigilancia y de prevenir riesgos hacia otros.

De hecho, la misma Ley de Bienestar Animal obliga a ejercer una vigilancia adecuada sobre las mascotas y a evitar que se escapen, además de adoptar las medidas necesarias para impedir que su tenencia o circulación ocasione molestias, peligros, amenazas o daños a otras personas, animales o bienes.

Por otro lado, cabe puntualizar que esta norma no es completamente nueva. El Código Civil español ya establece en su artículo 1905 que el poseedor de un animal responde por los perjuicios que cause incluso aunque el animal se escape o se extravíe.

Es decir, no es posible alegar que simplemente "se soltó" o que "nunca se había comportado así". Por tanto, la Ley 7/2023 refuerza un principio que ya existía: convivir con un animal conlleva derechos, pero también deberes.

Si se incumplen estas obligaciones, la ley establece un régimen de infracciones que distingue entre conductas leves, graves y muy graves con sanciones administrativas que pueden ir desde un apercibimiento o 500 euros en los casos leves hasta los 200.000 euros en los casos muy graves.

Eso sí, esto no significa que cualquier incidente provocado por una mascota genere automáticamente una multa: dependerá de los hechos concretos y de cómo se encuadren legalmente.

Además, en el caso de los perros, la Ley de Bienestar Animal contempla específicamente que sus titulares mantengan un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros durante toda la vida del animal, cuya cuantía y condiciones deben concretarse reglamentariamente.

En definitiva, la legislación busca trasladar una idea bastante intuitiva a nuestro día a día: una mascota no puede responder jurídicamente por sus actos, pero la persona que está a cargo de ella sí, sea su dueño habitual o un responsable diferente.

Disfrutar de su compañía implica anticiparse a posibles problemas, vigilarla adecuadamente y procurar que la convivencia con otros animales y personas sea segura.