España vuelve a demostrar su fortaleza en materia de trasplantes. En 2025 se realizaron 6.334 intervenciones y 408 personas donaron un órgano en vida, según la Organización Nacional de Trasplantes (ONT), cifras que reflejan la dimensión de esta solidaridad ciudadana.
Donar un órgano en vida, sin embargo, exige mucho más que una decisión altruista. Antes de la intervención existen consultas, informes, pruebas médicas y exploraciones; después llegan el ingreso hospitalario y una recuperación que puede impedir temporalmente trabajar durante su proceso.
Precisamente para evitar que ese gesto solidario tenga consecuencias económicas, la Ley 6/2024, de 20 de diciembre, introdujo una protección específica para quienes donan órganos o tejidos destinados posteriormente a un trasplante y necesitan ausentarse laboralmente durante el proceso.
La norma modifica la Ley General de la Seguridad Social y reconoce estas situaciones como una incapacidad temporal por contingencias comunes. Así, la baja cubre los periodos en que el donante recibe asistencia sanitaria y está impedido para trabajar.
Un subsidio del 100%
Esta protección comprende tanto los días necesarios para la preparación médica de la cirugía como los transcurridos desde el ingreso hospitalario hasta el alta por curación. El objetivo es que la recuperación no se convierta en un problema económico.
Uno de los aspectos más relevantes está en la prestación económica. Durante esta incapacidad temporal especial, el subsidio equivale al 100% de la base reguladora correspondiente a contingencias comunes, una cobertura reforzada frente al régimen ordinario de protección laboral.
En términos prácticos, esto permite mantener íntegra la base salarial utilizada para calcular la prestación, aunque conviene precisar que legalmente no significa necesariamente cobrar el mismo importe neto habitual. La referencia establecida por la ley es la base reguladora.
Además, no se exige un periodo previo de cotización para acceder al subsidio. La protección alcanza a las personas trabajadoras incluidas en el Régimen General que atraviesen esta situación especial, sin penalizar una decisión destinada a ayudar a una persona necesitada.
La ley también contempla una cuestión previa a la propia operación. El trabajador dispone de un permiso retribuido por el tiempo indispensable para realizar los actos preparatorios de la donación cuando estos deban desarrollarse dentro de su jornada laboral.
Entre esos actos se incluyen las sesiones de información, los informes, los exámenes clínicos, la exploración médica y la prestación del consentimiento necesarios antes de determinar la idoneidad del donante. De esta forma, también quedan protegidas las ausencias previas.
La medida fue publicada en el Boletín Oficial del Estado el 21 de diciembre de 2024, pero su aplicación no comenzó de inmediato. La disposición final estableció que entraría en vigor el primer día hábil del tercer mes siguiente.
Así, la nueva protección comenzó a aplicarse el 3 de marzo de 2025. Desde entonces, la donación en vida cuenta con un marco laboral específico que pretende eliminar una de las barreras que podían desincentivar este gesto altruista.
España mantiene así su apuesta por facilitar la donación en vida sin trasladar sus costes laborales al trabajador. La nueva regulación busca que quien decide ayudar a salvar otra vida pueda hacerlo con tranquilidad, también durante toda su recuperación.
