Castilla y León

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Sociedad

Piden informe al Ministerio para saber si el 'club de consumo de marihuana' de Valladolid es legal o no

25 enero, 2021 11:59

El juicio contra tres socios de un 'club' de amigos de consumo de marihuana, acusados de un delito contra la salud pública, ha quedado suspendido este lunes, a la espera de que el Ministerio del Interior remita información para acreditar si dicha asociación, en cuyos estatutos se recoge el cultivo y autoconsumo de 'maría', está debidamente registrada, como así sostienen las defensas.

Los tres acusados, Iván N.A, Enrique M.G. y Manuel Luis C.G, han llegado a ocupar el banquillo del Juzgado de lo Penal 3 durante poco más de media hora, el tiempo suficiente para que las defensas, en el trámite de alegaciones previas, invocaran la nulidad de la entrada y registro y la ruptura de la cadena de custodia y, sobre todo, solicitaran del Ministerio de Interior un informe para probar la legalidad del 'club' de amigos de la marihuana de Valladolid.

El juez, ante la peculiaridad del presente caso, ha resuelto finalmente suspender la vista oral y no volver a fijar fecha para la misma hasta que el departamento de Fernando Grande Marlaska remita todo el expediente administrativo íntegro que derivó, en junio de 2017, en la inscripción de Valladolid 420 en el Registro Nacional de Asociaciones.

El titular de Penal 3 ha estimado por ello la petición de las defensas, con el beneplácito del acusador público, para conocer de este modo si el club y su actividad--sus estatutos recogen expresamente "realizar cultivos colectivos de plantas de cannabis en circuito cerrado con el fin de repartirse la cosecha entre los socios mayores de 25 años..."--están amparados legalmente, dudas que deberían despejar los informes tanto de la Policía Nacional e incluso de la Fiscalía contenidos en el expediente administrativo cuya tramitación se remonta a 2015.

El resultado de la indagatoria, tal y como ha explicado el propio juez, en declaraciones recogidas por Europa Press, podría llevar a estimar los postulados de las defensas o a valorar incluso "en su justa medida" si en la actuación de los acusados se aprecia la existencia de error vencible o invencible.

Petición también a la agencia del medicamento 

Pero a mayores de este informe, el juzgador ha estimado igualmente la solicitud del fiscal del caso de solicitar otro a la Agencia Española del Medicamento a fin de comprobar si la asociación vallisoletana de consumidores de marihuana cuenta con autorización para el cultivo de este tipo de plantas, actividad que desarrollaba en un local ubicado en el número 56 del Paseo del Cauce.

Sobre lo que no se ha pronunciado el juez es sobre la supuesta nulidad de la entrada y registro del local y la ruptura de la cadena de custodia, algo que, como así ha advertido, se resolvería en la correspondiente sentencia.

Respecto de la primera supuesta irregularidad, las defensas coinciden en que los dos agentes de la Policía Municipal que entraron en el local, de titularidad privada, no contaron ni con autorización judicial ni con el permiso de la persona que se hallaba en la puerta, Enrique M.G, ni con autorización judicial, "pues ni él ni las dos personas que había dentro ostentan la presidencia o cargo directivo alguno", de ahí la vulneración de derechos fundamentales esgrimida.

La detención de los acusados se produjo en la tarde del día 20 de febrero de 2019 cuando varios agentes de policía acudieron al local, un antiguo bar que se encontraba cerrado, alertados por una llamada de im vecino quejándose del intenso olor a marihuana que emanaba del mismo.

Los acusados se encontraban jugando a la videoconsola. En el interior del local, los agentes se incautaron de sendos botes de cristal con 109 y 86 gramos netos de cannabis, además de 114 plantas con un peso de casi un kilo--su valor fue cifrado en 5.683 euros--, una prensa, dos medidores de acidez, un total de 303 euros en billetes y moneda de diverso valor.

A pesar de que en su momento alegaron que se trataba de una asociación para cultivo y autoconsumo, al igual que el más de un millar de clubes de este tipo diseminado por toda la geografía nacional, al no poder acreditarlo entonces fueron arrestados tanto el hombre de la entrada, como otros dos de su interior.

Frente al criterio acusador de la Fiscalía, las defensas de los procesados, además de la nulidad de actuaciones por vulneración de derechos fundamentales, solicitan su absolución basada también en que los hechos se enmarcan en la aplicación de la doctrina del consumo compartido y, con carácter alternativo, solicitan una pena mínima de seis meses por delito contra la salud pública de sustancias que no causan grave daño, con la atenuante de adicción.