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Abogados Cristianos solicita cautelares para anular la prórroga de limitación al culto en Valladolid y Salamanca

9 septiembre, 2020 16:23

La Asociación de Abogados Cristianos solicita medidas cautelarísimas para suspender la prórroga de la orden de la Consejería de Sanidad de Castilla y León que limita a 25 personas el aforo de celebraciones religiosas en Valladolid y Salamanca.

Ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, la organización de juristas denuncia que se está prohibiendo de facto la asistencia a lugares de culto, en concreto a misas, ya que con la limitación de 25 personas muchas personas se quedan sin entrar y sin poder ejercer su derecho fundamental a la libertad religiosa.

Además, tal y como refleja a través de un comunicado recogido por Europa Press, destacan que "la Junta justificaba la restricción porque solamente se iba a tratar de una semana, algo que ya cae por su propio peso cuando ahora se está imponiendo una prórroga" que tilda de "desproporcionada y arbitraria".

Critica además que "el Gobierno regional no haya establecido las mismas limitaciones, por ejemplo, para el Corte Inglés, que abrió el pasado domingo de forma excepcional y no precisamente para la venta de productos de primera necesidad".

En su escrito al juez, Abogados Cristianos denuncia igualmente que el informe emitido por el Gobierno regional para justificar la medida "carece de rigor e incurre en falsedades de forma manifiesta y malintencionada".

Su presidente, Polonia Castellanos, desvela que dicho informe hace, a su juicio, afirmaciones "falsas, como que en las misas hay factores de contagio como el agua bendita, cuando no hay agua bendita en ninguna iglesia de Castilla y León", mientras que otra de las justificaciones alegadas por la Junta es que durante los cánticos se expulsan "gotitas de saliva", cuando el uso de mascarillas es obligatorio".

Entre las supuestas "contradicciones" de la Junta esgrimidads por Castellanos, figura que "el informe apunta como foco de contagio las puertas y los pomos, cuando también existen puertas y pomos en colegios y ahí no se ha puesto ninguna restricción" u otras como que "a las misas solo acuden personas de avanzada edad, lo que es radicalmente falso", "o que se forman aglomeraciones en la puerta de las iglesias, obviando lo que ocurre a la salida o entrada de los colegios".

Además, la presidenta de esta organización denuncia que "una comunidad autónoma no tiene competencias para restringir derechos fundamentales y recalca que la libertad religiosa es un derecho fundamental amparado en el art.16 de la Constitución y en todos los convenios de derechos humanos.

"Si permitimos este atropello en un municipio o en una comunidad autónoma, termina implantado en todo el país", concluye Castellanos.