Muro de un solar en Zamora

Muro de un solar en Zamora

Zamora

Multas de hasta 10.000 a los zamoranos que no mantengan limpios su solares en la ciudad

Aviso urgente desde el Ayuntamiento de Zamora

Publicada

El alcalde de Zamora, Francisco Guarido, ha emitido un Bando Municipal recordando a los propietarios de los terrenos y solares vacíos, la obligatoriedad de mantenerlos limpios y en condiciones adecuadas de "seguridad, salubridad y ornato público ejecutando los trabajos necesarios para mantener en todo momento dichas condiciones o para reponerlas si se hubieran perdido o deteriorado", tal como se establece en el artículo 8 de la Ley de Urbanismo de Castilla y León.

Guarido alude a los problemas que todos los años genera la existencia de abundante vegetación y vertidos de residuos en algunos solares y terrenos vacantes de edificación del municipio, con consecuencias negativas para la salubridad y el medio ambiente, afectando además al ornato público y, en ocasiones, constituyendo un serio peligro de incendio. Por eso se recuerda a los propietarios la obligatoriedad de "mantenerlos libres de broza, de desechos y de residuos y en las debidas condiciones de seguridad, salubridad y ornato público".

A pesar de que desde el Servicio Municipal de Urbanismo se actúa todo el año dictando las correspondientes órdenes de ejecución para obligar a los propietarios de esos terrenos a su limpieza, en esta época del año y habida cuenta del impacto del cambio climático, una de cuyas consecuencias es la existencia de temperaturas extremas y olas de calor o las lluvias torrenciales e inundaciones, se hace más necesario actuar de forma inmediata sobre aquellos terrenos que no presenten un adecuado estado de conservación, en prevención del riesgo y en beneficio de toda la ciudad.

Por eso se requiere formalmente a los propietarios de los solares urbanos y terrenos vacantes de edificación para que en el plazo máximo de un mes procedan a su desbroce y limpieza y a mantenerlos en las debidas condiciones de seguridad, salubridad y ornato público.

En caso contrario el propio Ayuntamiento podría actuar de forma subsidiaria, cuyos gastos correrían a cuenta de los propietarios, además de la imposición de la correspondiente sanción administrativa como consecuencia de una "infracción urbanística", según lo estipulado en la mencionada Ley de Urbanismo de Castilla y León, para la que la normativa prevé una sanción de multa de entre 1.000 y 10.000 euros.