Agentes de la Policía Nacional de Valladolid

Agentes de la Policía Nacional de Valladolid

Valladolid

Aceite hirviendo y agresión con un cincel en la cara entre compañeros de piso en Valladolid: habrá juicio

Eran compañeros de piso. El juicio tendrá lugar en la Audiencia de Valladolid el próximo 22 de abril.

Más información: Nuevo giro judicial en el caso Esther López tras el hallazgo del zulo en el antiguo chalé de Óscar

Publicada

La Audiencia de Valladolid celebra este 22 de abril juicio contra dos compañeros de piso tras agredirse mutuamente en unos hechos que se produjeron en marzo de 2025.

La Fiscalía pide para D.C. seis años de prisión por un presunto delito de lesiones con deformidad. Para M.A.A.A. por el presunto delito de lesiones, dos meses de prisión con inhabilitación especial para el ejercicio de derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 71.2 del código penal se sustituirá por cuatro meses de multa con una cuota diaria de 6 euros y costas.

El acusado D.C., de nacionalidad dominicana y condenado como autor de un delito de lesiones por sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal Número 4 de Valladolid el 1 de diciembre de 2017 a la pena de tres años y seis meses de prisión extinguió esa pena el 29 de septiembre de 2022.

Sobre las 23:45 horas del 24 de marzo de 2025, como explica el escrito de la Fiscalía al que ha tenido acceso EL ESPAÑOL de Castilla y León, se encontraba en su domicilio ubicado en el barrio de Pajarillos de Valladolid y tuvo una discusión con su compañero de piso, el también acusado M.A.A.A.

D.C. aprovechando que M.A.A.A. estaba agachado, colocando una puerta desencajada de una habitación, “por sorpresa, sin que este pudiera ver que iba a ser objeto de una agresión, le lanzó aceite hirviendo a la cara”.

Acto seguido, M.A.A.A. tuvo una reacción vivencial “anómala de furia que disminuyó de forma muy intensa su capacidad para comprender la ilicitud de los hechos y actuar conforme a dicha comprensión” y “forcejeó con D.C. y le agredió con un cincel en la cara”, como añade la Fiscalía.

Lesiones

Como consecuencia de estos hechos, D.C. causó a M.A.A.A quemaduras de segundo y tercer grado en la cara, el cuello y la parte superior izquierda del tórax, quemaduras de segundo grado en el antebrazo izquierdo y un edema corneal bilateral.

M.A.A.A. ingresó en la unidad de quemados para precisar sedación e intubación por posibles quemaduras en vías respiratorias.

El 31 de marzo de 2025 pasó a planta de cirugía plástica y fue dado de alta el 7 de abril de 2025.

M.A.A.A. causó a D.C. “tres heridas en la frente con exposición del tejido celular subcutáneo. Dichas lesiones precisaron, para su curación de tratamiento médico quirúrgico consistente en la sutura de las heridas, la retirada de los puntos de sutura y medidas sintomáticas y tardaron en curar siete días de perjuicio básico.

La Fiscalía apunta que D.C. está en prisión provisional, comunicada y sin fianza desde el día 26 de marzo de 2025.

Delitos y penas

La Fiscalía apunta que los hechos son constitutivos de un presunto delito de lesiones con deformidad del que es víctima M.A.A.A. y de un presunto delito de lesiones del que es víctima D.C.

Concurre en el acusado D.C. las circunstancias agravantes de la responsabilidad criminal de alevosía y de reincidencia. Y en M.A.A.A. la circunstancia atenuante muy cualificada de la responsabilidad criminal de arrebato, señala el Ministerio Fiscal.

La Fiscalía pide imponer a D.C. por el presunto delito de lesiones con deformidad la pena de seis años de prisión y la prohibición de aproximarse al domicilio de M.A.A.A. y a su ligar de trabajo en una distancia de 500 metros, la prohibición de aproximarse a él en cualquier sitio o lugar en una distancia de 500 metros y la imposibilidad de comunicarse con él por un periodo de diez años y las costas.

Mientras que el Ministerio Fiscal pide para M.A.A.A. por el presunto delito de lesiones, dos meses de prisión con inhabilitación especial para el ejercicio de derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 71.2 del código penal se sustituirá por cuatro meses de multa con una cuota diaria de 6 euros y costas.