El día del hallazgo del cadáver de Esther López

El día del hallazgo del cadáver de Esther López

Valladolid

La muerte de Esther López acaba en juicio tras cuatro años: Óscar, el único acusado, se sentará en el banquillo

Tras la audiencia preliminar de 14 minutos del pasado miércoles, la jueza ya ha decidido y ha ordenado la apertura de juicio oral con jurado popular contra el principal sospechoso del caso. 

Más información: El 3 de diciembre, un día decisivo en el caso por la muerte de Esther López: Óscar, contra las cuerdas

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Acabó la espera. La jueza del Juzgado de Instrucción Número 5 de Valladolid que lleva el caso de la desaparición y muerte de Esther López, vecina de Traspinedo, en enero de 2022, ya ha tomado una decisión y no trae buenas noticias para Óscar S.

La magistrada ha decretado la apertura de juicio oral en la causa para el enjuiciamiento de un delito de asesinato, y subsidiariamente al anterior, de un delito de homicidio, de otro contra la integridad moral, uno de detención ilegal, y otro de omisión de socorro que se le imputan al acusado en “concepto de autor y responsable directo de los hechos”.

Así lo apunta la parte dispositiva del auto dictado por el mencionado Juzgado de Instrucción número 5 de Valladolid que “decreta la apertura de juicio oral contra el acusado de matar a una joven en Traspinedo”, apunta el escrito al que ha tenido acceso EL ESPAÑOL de Castilla y León de fuentes jurídicas.

La jueza decreta la responsabilidad civil del acusado por importe de 230.000 euros, como fianza y de no ser entregados se procederá al embargo de los bienes de Óscar en cantidad “suficiente para cubrir dicha suma” acreditándose en su caso “su insolvencia”. Se mantiene, eso sí, la situación personal del acusado.

La jueza ha añadido que se tienen por solicitadas las pruebas propuestas “cuya admisión compete acordar al Tribunal del Jurado".

Además, emplaza a las partes para personarse ante la Audiencia Provincial en forma y en el plazo de quince días.

También añade que las partes del proceso podrán pedir, en cualquier momento, los testimonios que les interesen para su utilización en el juicio oral.

Contra el auto de la jueza no cabe recurso alguno, salvo en cuanto a la situación personal del acusado, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 36 de la Ley Orgánica 5/95 que puede plantease la reclamación pertinente como cuestión previa en la vista oral.