Imagen de la Audiencia Provincial de Valladolid.

Imagen de la Audiencia Provincial de Valladolid. Miriam Chacón Ical

Valladolid

El TSJCyL lleva la contraria a la Audiencia de Valladolid y rebaja la pena a un padre que violó a su hija

El máximo órgano judicial entiende que el nuevo marco penal de la ley del 'solo sí es sí' es más favorable para el reo

11 abril, 2023 14:39

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha revocado el auto de la Audiencia de Valladolid en el que entendía que no procedía la revisión de la pena de un padre que violó a su hija. Finalmente, el máximo órgano judicial de la Comunidad ha estimado el recurso del condenado y su pena ha sido rebajada en más de dos años.

Y es que la sección número 2 de la Audiencia Provincial entendía que la pena impuesta en aplicación del anterior Código Penal, 13 años y siete meses de prisión, podía ser igualmente aplicable tras la entrada en vigor de la nueva ley del 'solo sí es sí', ya que estaba dentro de las horquillas de las condenas que reflejan ambos marcos penales. Por ello, la Sala estimó que no procedía la revisión de la misma.

Sin embargo, el penado decidió recurrir este auto y el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha estimado el mismo, ya que entiende que con el anterior Código Penal la pena impuesta iría de los 13 años y seis meses de prisión a los 15, mientras que con el nuevo va de los 11 a los 15 años. De esta manera, considera que la nueva legislación es claramente favorable al reo, por lo que ha de ser aplicado sobre su condena y rebajar la misma a los 11 años y dos meses de prisión. 

La sentencia, a la que ha tenido acceso EL ESPAÑOL - Noticias de Castilla y León, considera probado que el padre, cuando su hija, nacida en 1999, tenía entre 10 y 12 años tuvo la costumbre de entrar en su habitación por la noche realizándole tocamientos en el pecho y en la zona genital, a veces por encima de la ropa y otras veces por dentro. No obstante, el escrito también matiza que estos comportamientos fueron llevados a cabo en jornadas de tarde en el sofá de la sala de estar del domicilio.

Tiempo más tarde, en el verano de 2016, el condenado intensificó sus conductas hasta tal punto que incluso llegaba a entrar en la habitación de su hija prácticamente a diario para realizar dichos comportamientos libidinosos. En uno de estos momentos llegó a introducir los dedos en la vagina de su hija, por aquel entonces menor de edad.

El acusado aprovechaba estos momentos cuando la madre, que padecía esquizofrenia, no estaba en el domicilio, por lo que nunca llegaba a enterarse de los hechos. Finalmente, la víctima decidió, ante la situación familiar que vivía, contar los hechos a una amiga en septiembre de 2016, para seguidamente trasladárselo a un policía que se encontraron por la calle e interponer denuncia.

La Audiencia Provincial de Valladolid consideró al acusado autor de un delito continuado de violación en su forma agravada de parentesco, por el que fue condenado a 13 años y siete meses de prisión, que, tras estimar el recurso el TSJCyL y en aplicación de la ley de Irene Montero, se queda en 11 años y dos meses de cárcel.