Imagen de archivo de la Audiencia de Soria.
Absuelven a un hombre tras no quedar acreditado que tuviera la intención de tirar por la ventana a su pareja en Soria
Ambos habían estado discutiendo por un tema de celos por parte de la mujer hacia su compañero sentimental.
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Un hombre ha sido absuelto del delito de homicidio en grado de tentativa por el que venía siendo acusado después de que la sección número 1 de la Audiencia Provincial de Soria no considerase acreditado que tuviera la intención de tirar a su pareja por la ventana.
Ministerio Fiscal y acusación particular venían solicitando la pena de prisión de 10 años para el acusado por un presunto delito de homicidio en grado de tentativa.
Sin embargo, en la sentencia, a la que ha accedido este periódico, el juez no considera probado que el hombre tuviera la intención de tal hecho.
De igual manera, considera probado que en la madrugada del 10 al 11 de febrero de 2024 la pareja salió a tomar algo por la ciudad de Soria en compañía de la hija menor de edad de la mujer y del compañero de piso de estos.
En un momento dado, la mujer se enfadó con el acusado al considerar que estaba coqueteando con otra mujer y fue ya en el domicilio familiar donde protagonizaron una fuerte discusión.
Durante la discusión, la mujer habría comenzado a tirar objetos personales del acusado por la ventana, con el fin de que se marchase del domicilio.
Por su parte, el acusado, según la sentencia y para evitar que continuase tirando sus pertenencias, agarró a su pareja por el torso levantándola del suelo, diciéndole que si seguía la "iba a tirar por la ventana".
A raíz de eso comenzó un forcejeo entre ambos, en el que la mujer mordió y arañó al hombre. Fue entonces cuando aparecieron la hija menor y el compañero de piso de la familia, quienes agarraron a la pareja, cayendo los cuatro al suelo y golpeándose la mujer con una silla, perdiendo temporalmente el sentido.
En el relato de hechos probados de la sentencia, se destaca que "no resulta acreditado que el acusado tuviera realmente intención de tirar a su pareja por la ventana de la vivienda".
Ante esto, la sala ha acordado la absolución del hombre y ha dejado sin efecto las medidas cautelares que anteriormente se habían decretado.
La sentencia, no obstante, aún no es firme y puede ser recurrida ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL).