TSJCyL en una foto de archivo

TSJCyL en una foto de archivo ICAL

Palencia

El TSJCyL confirma tres años de cárcel a una madre que agredió sexualmente a su hijo de 8 años de forma continuada

La sentencia detalla que, tras ver una serie de televisión con escenas sexuales entre familiares, la condenada propuso mantener relaciones sexuales, pese a la negativa inicial del menor.

Más información: Condenada en Palencia por abusar de su hijo menor: de más de 10 años de cárcel a tres por la atenuante de alcoholismo

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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha confirmado la condena a tres años de prisión a una mujer, acusada de agresión sexual continuada a su hijo de 8 años en Palencia. El tribunal ha desestimado íntegramente el recurso de apelación presentado por la defensa.

La sentencia detalla que la acusada convivía en 2018 con sus dos hijos en Palencia y que en junio o julio de ese año, tras ver una serie de televisión con escenas sexuales entre familiares, la madre propuso mantener relaciones sexuales del mismo tipo, pese a la negativa inicial del niño. El texto añade que el menor accedió "finalmente a ello debido a la actitud de su madre".

Según el fallo, la mujer, "movida por el ánimo de satisfacer su deseo libidinoso", aprovechó los momentos a solas con su hijo para realizar tocamientos, penetración vaginal y felaciones. Estas conductas se repitieron varias veces hasta el 5 de agosto de 2018, fecha en que cesó la convivencia, según apunta la sentencia.

Ese mismo día, la acusada llamó al 112 asegurando que era alcohólica y que ambos llevaban días sin comer. Entonces, solicitó ayuda para su hijo porque quería ingresar en un centro de desintoxicación. La Policía trasladó al menor a un centro de acogida y la Junta asumió su tutela legal en octubre de 2018.

En agosto de 2022, la directora del Hogar de Acogida Mensajeros de la Paz presentó denuncia tras varias alertas de monitores de un campamento que indicaron que el niño había relatado que había sufrido abusos.

En enero de 2023, el Juzgado de Instrucción número 5 de Palencia prohibió a la madre acercarse a menos de 500 metros del menor y comunicarse con él durante la tramitación del caso.

La resolución judicial recoge que la mujer consumía "entre veinte y treinta cervezas diarias", alternando fases de embriaguez total con otras de menor intoxicación, lo que provocaba grave alteración de sus capacidades cognitivas y volitivas. Los peritos señalaron que en fases agudas llegaba a sufrir "una anulación total" de sus facultades intelectivas y volitivas.

La Audiencia Provincial de Palencia condenó en marzo de 2025 a esta madre por un delito continuado de agresión sexual con acceso carnal a menor de 16 años, "con prevalimiento".

La pena incluía tres años de prisión, inhabilitación para sufragio pasivo durante la condena, y prohibición de acercarse o comunicarse con el hijo durante cinco años. En aquella sentencia, la indemnización al menor fue establecida de 30.000 euros por perjuicios morales.

De hecho, aunque la pena que contempla el Código Penal en estos casos se situaría entre los 10 años y seis meses y los 12 años, la sala consideró oportuno rebajar la pena en dos grados en aplicación de la eximente incompleta de intoxicación con bebidas alcohólicas.

La defensa de la madre recurrió alegando vulneración del derecho a la presunción de inocencia, error en la valoración de la prueba y la inaplicación de la eximente completa por alcoholismo.

La defensa también cuestionó entonces la credibilidad del menor y la supuesta falta de pruebas sobre grabaciones o existencia de ordenador en la vivienda.

Finalmente, el TSJCyL ha rechazado estas alegaciones y ha recalcado que el testimonio del menor cumple las notas de verosimilitud, persistencia y ausencia.

La resolución recuerda que contra esta sentencia cabe recurso de casación por infracción de ley y por quebrantamiento de forma ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo, que deberá prepararse en el plazo de cinco días desde la última notificación.