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El BOCYL publica las reducciones sobre la condicionalidad de las ayudas de la PAC en 2021

11 febrero, 2021 09:26

La Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural publicó hoy en el Boletín Oficial de Castilla y León la resolución de la Dirección General de Política Agraria Comunitaria, por la que se establece la clasificación de los criterios de evaluación de gravedad, alcance y persistencia, y el cálculo de las reducciones a los efectos de aplicar la condicionalidad de las ayudas de la Política Agrícola Común en el año 2021.

El BOCYL recalca que los nuevos criterios establecen los requisitos legales de gestión y las buenas condiciones agrarias y medioambientales que deberán cumplir los agricultores, que reciban pagos directos, determinadas primas anuales de desarrollo rural, o pagos en virtud de los programas de apoyo a la reestructuración y reconversión o de apoyo a la cosecha en verde del viñedo.

La resolución dispone en su artículo 6 que los criterios para la evaluación de los incumplimientos se realizarán en función de la valoración de la gravedad, el alcance y la persistencia, cuya clasificación se establecerá anualmente por Resolución de la Dirección General de Política Agraria Comunitaria en concordancia con la circular nacional, aprobada por el Fondo Español de Garantía Agraria, sobre el plan nacional de controles de condicionalidad y criterios para la aplicación de reducciones y exclusiones.

Entre los criterios modificados se recuerda que desde 2021 y los años siguientes no se permitirá la aplicación de purines con platos o abanicos, salvo que el titular haya adquirido previamente un equipo de aplicación localizada y esté a la espera de recibirla o se encuentre en lista de espera en un taller oficial para la adaptación de su máquina a la aplicación localizada y en ambos casos pueda acreditarlo con documentación suficiente.

No obstante, en ningún caso se permitirá la aplicación de purines con platos o abanicos a los titulares de explotaciones intensivas de bovinos o porcinos con más de 100 unidades de ganado mayor a partir de la fecha de 1 de enero de 2022 y que produzcan estiércol líquido con más de un 85 por ciento de humedad en sus instalaciones, todo ello sin perjuicio de las condiciones de fuerza mayor.

Del mismo modo , la Consejería del ramo establecer la clasificación de la gravedad, el alcance y la persistencia a efectos de aplicar los criterios de evaluación de los incumplimientos de los requisitos legales de gestión y de las normas de buenas condiciones agrícolas y medioambientales de la tierra previstas en el Reglamento de la UE.

Además, determina el procedimiento del cálculo del porcentaje de reducción que corresponde a los beneficiarios que reciban pagos directos, determinadas primas anuales de desarrollo rural, o pagos en virtud de los programas de apoyo a la reestructuración y reconversión o de apoyo a la cosecha en verde del viñedo.