Imagen de archivo de un bebé recién nacido.

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Economía

Ya es oficial: puedes deducirte hasta 2.351 euros en la declaración de la Renta si has sido padre en Castilla y León

El próximo 8 de abril arranca el periodo para que los contribuyentes rindan cuentas ante la Agencia Tributaria, siendo importante revisar el borrador antes de entregarlo.

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Este próximo 8 de abril arrancará la declaración de la Renta correspondiente al ejercicio fiscal de 2025, un periodo en el que los contribuyentes tendrán hasta el 30 de junio para presentarla.

Pero antes de nada, es importante revisar el borrador, ya que muchos desconocen deducciones que son aplicables tanto a nivel estatal como autonómico, que podrían implicar el ahorro de varios miles de euros, lo que en un contexto como el actual aliviará la carga económica a muchas familias.

En Castilla y León, existen un total de 20 deducciones específicamente autonómicas, de las que se pueden beneficiar los habitantes con residencia en la Comunidad.

Una de las más cuantiosas y de la que algunos no son conscientes son las correspondientes al nacimiento o adopción de hijos.

Haber sido padre durante 2025, ya que la declaración corresponde al año anterior, podría implicar una deducción de hasta 2.351 euros.

Concretamente, según la normativa fiscal autonómica, aquellos que hayan sido padres y madres durante el año pasado podrán deducirse este 2026 en su declaración 1.010 euros si es el primer hijo, 1.475 euros si es el segundo y 2.351 si es el tercero.

Es importante saber, además, que esta cantidad se doblará en caso de que el nacimiento o la adopción del descendiente tenga reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%.

Estas son dos de las medidas que la Junta de Castilla y León impulsa como apoyo a la familia. Pero son varias más las deducciones que se contemplan en este apartado fiscal.

En caso de que los partos o adopciones sean múltiples, la cuantía se aumentará un 50% sobre la base correspondiente. Es decir, si se tienen mellizos, los padres deducirían 1.010 por el primero y 1.475 por el segundo. Pero además, desgravarán otros 1.242,5 a mayores. Si son tres, el suplemento aumenta al 100% de la cuantía.

A todo ello hay que sumar el derecho a deducir 901 euros los dos años siguientes al nacimiento o adopción de los descendientes múltiples.

Si los nacimientos o las adopciones se dan en el medio rural, es decir, en municipios o entidades locales de menos de 5.000 habitantes, la deducción es de 1.420 euros por el primer hijo, 2.070 por el segundo y 3.300 por el tercero y sucesivos.

Para el caso de partos y adopciones múltiples e hijos con discapacidad, se aplican los mismos parámetros que las deducciones con carácter general, pero sobre las cifras que se contemplan en el medio rural.

También se contemplan deducciones por gastos de adopción. La cuantía será de 784 euros de forma general, aunque podrá ascender hasta los 3.625 euros en los casos de adopciones internacionales.

Para las familias numerosas también existe una deducción con carácter general. Esta es de 600 euros, pero en casos más concretos, con cuatro descendientes que den derecho a la aplicación del mínimo, será 1.500 euros.

La cifra subirá hasta 2.500 en el caso de cinco descendientes y a partir del sexto y sucesivos la deducción se incrementará en 1.000 euros adicionales.

Además, las familias también podrán optar a deducciones autonómicas por el cuidado de hijos de menos de 4 años. En concreto, se podrán desgravar, con límite de 322 euros, el 30% de lo satisfecho a la persona empleada del hogar que se encargue de atender al menor siempre que se cumplan determinados requisitos.

Por otro lado, se deducirá el 100%, hasta máximo 1.320 euros, de los gastos generados por escuelas infantiles, centros y guarderías de Castilla y León.

Otras deducciones

Además de todas las desgravaciones relacionadas con los hijos, en el apartado de apoyo a las familias también existen otras deducciones de carácter autonómico.

Aquel contribuyente que tenga un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65% también podrá deducirse 656 euros si tiene 65 o más años. Si el grado está entre 33% y 64% la cuantía será de 300 euros.

Para menores de 65 años, la cifra para un grado igual o más del 65% la deducción correspondiente se sitúa en 300 euros.

Por otro lado, se podrá desgravar el 15% de la inversión destinada a la adaptación de la vivienda habitual a personas con discapacidad, hasta un límite de 20.000 euros.

Además de todo esto, también existen deducciones autonómicas de apoyo al medio rural, a los jóvenes, a la sostenibilidad, al patrimonio cultural y natural, a la I+D+I y al emprendimiento.