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Montaje de Miguel Benito Barrionuevo. Instagram / Mejorada con IA

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Miguel, abogado: "Si eres heredero y en los 6 primeros meses no haces nada, Hacienda puede sancionarte"

Los abogados advierten de los recargos y sanciones de Hacienda si no se cumplen los plazos para liquidar el Impuesto de Sucesiones.

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En España se autorizaron 775.162 testamentos y se registraron 208.227 herencias o transmisiones de viviendas durante el año pasado.

Sin lugar a dudas, heredar es uno de esos trámites que suele tocar hacer alguna vez en la vida.

Sin embargo, no todo el mundo conoce los pasos que hay que seguir.

Además, el duelo y la necesidad de asimilar la pérdida llevan a muchos herederos a dejar los trámites para más adelante, con la idea de ocuparse de ellos cuando estén preparados psicológicamente o se hayan puesto de acuerdo con su familia.

No obstante, aplazar la gestión de una herencia puede salir caro.

Según advierte el abogado Miguel Benito Barrionuevo (@empleado_informado), retrasar su aceptación puede tener consecuencias fiscales y acabar generando serios problemas con la Agencia Tributaria.

En sus palabras, no hacer nada no significa renunciar a una herencia, ya que si esa es la intención, la renuncia debe formalizarse expresamente.

Sin embargo, dejar pasar más de seis meses sin liquidar los impuestos correspondientes puede acarrear recargos o sanciones por parte de Hacienda.

"Si eres beneficiario de una herencia y en los seis primeros meses no haces nada con ella, Hacienda te puede sancionar o aplicar un recargo", advierte en uno de sus últimos vídeos.

¿Qué puedes hacer para evitarlo?

La primera opción que propone el abogado es solicitar una prórroga para presentar el Impuesto de Sucesiones.

"Lo que puedes hacer durante los cinco primeros meses después del fallecimiento es pedir una prórroga de Hacienda para presentar este impuesto hasta dentro de un año", explica el abogado.

Eso sí, aplazar el pago no significa que salga gratis. Pueden aplicarse intereses por la demora.

Si ya han transcurrido los seis meses, todavía existe la posibilidad de presentar la declaración de forma voluntaria antes de que Hacienda inicie una comprobación o requiera al contribuyente.

"De esta manera también te van a cobrar un recargo, pero es mucho peor si Hacienda es la que toma la iniciativa y te pide a ti que lo presentes", señala el abogado, quien advierte de que "en este caso ya podemos estar hablando de sanciones".

Los abogados coinciden

En la misma línea, el abogado especializado en herencias David Jiménez (@davidjimenezabogado) recuerda que el plazo para cumplir con Hacienda empieza a contar desde el fallecimiento, no desde el reparto de los bienes.

En concreto, hay "seis meses desde el fallecimiento para presentar el Impuesto de Sucesiones, no desde que se reparte la herencia".

Como alternativa, los herederos pueden solicitar una prórroga durante los cinco primeros meses, que permite ampliar el plazo otros seis meses. Eso sí, "ese tiempo extra genera intereses de demora", confirma Jiménez en uno de sus post de redes sociales.

"Presentarlo tarde por tu cuenta supone un recargo del 1% más otro 1% por cada mes completo de retraso. Pasados 12 meses, un 15 % más intereses", explica el abogado.

En cambio, cumplir con los plazos puede suponer una ventaja.

Según Jiménez, "el recargo se reduce un 25% cuando se paga en plazo y no se recurre".

La situación puede complicarse aún más si es Hacienda quien detecta el incumplimiento e inicia las actuaciones correspondientes. En ese caso, la sanción puede ir "del 50 % al 150 % de lo que dejaste de pagar", advierte.

Además, la Administración dispone, con carácter general, de cuatro años para reclamar la deuda, contados desde el día siguiente a aquel en que finaliza el plazo reglamentario para presentar la declaración.

Pero el Impuesto de Sucesiones no es el único trámite que conviene tener en cuenta.

También hay que prestar atención a la plusvalía municipal, un impuesto local que grava el incremento de valor de los terrenos urbanos y que, en las herencias, cuenta generalmente con un plazo de seis meses desde el fallecimiento, aunque también puede solicitarse una prórroga.

En definitiva, gestionar una herencia requiere tiempo y dejar los trámites para más adelante puede acabar saliendo muy pero que muy caro.