La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz.

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Ya está en vigor: los empleados con hijos recién nacidos deben cogerse un permiso mínimo de 6 semanas, obligatorio y pagado

Es un derecho recogido en el Estatuto de los Trabajadores y es un mínimo legal de obligado cumplimiento tanto para la empresa como para el trabajador.

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Todo trabajador sabe que, tras el nacimiento de un hijo, llega un periodo de descanso laboral destinado al cuidado del recién nacido. Es una idea asumida, casi automática, dentro del mundo laboral.

Sin embargo, no todos son conscientes de la verdadera dimensión de este permiso ni de la obligatoriedad que implica, tanto para la empresa como para el propio empleado.

Como norma general, el permiso por cuidado y nacimiento del menor tiene una duración de 19 semanas para ambos progenitores, y además está remunerado al 100%. En el caso de familias monoparentales (es decir, cuando existe un único progenitor), este periodo se amplía hasta las 32 semanas.

Ahora bien, estas cifras funcionan como referencia general, dando pie a determinadas excepciones y matices que pueden modificar estos límites.

Detalles del permiso

Dentro de las 19 semanas de permiso por nacimiento, las primeras seis semanas "deberán disfrutarse a jornada completa de forma obligatoria e ininterrumpida", establece el art. 48.5 del Estatuto de los Trabajadores.

En otras palabras, se trata de un permiso obligatorio, continuo y a jornada completa. Es decir, no es opcional ni fraccionable; hay que disfrutarlo sí o sí.

Durante este periodo, el contrato de trabajo queda suspendido, pero el puesto se mantiene reservado para la reincorporación una vez finalice el descanso.

Además, la madre biológica puede adelantar este permiso hasta cuatro semanas antes del parto, adaptándolo así a sus necesidades.

Asimismo, conviene destacar que en los casos de adopción, guarda o acogimiento, la lógica es la misma: todo comienza con ese bloque inicial y obligatorio de seis semanas.

Pero, ¿qué sucede después de las seis semanas?

Mes y medio después del parto (tiempo equivalente a seis semanas), empieza la parte 'flexible' del permiso. Así lo establece el Estatuto de los Trabajadores, estableciendo que se puede organizar el resto del permiso por semanas, respetando siempre los plazos legales.

Eso se traduce en 11 semanas más dentro del primer año y 2 semanas adicionales para cuidado del menor hasta que cumpla 8 años; en monoparentalidad, en cambio, son 22 dentro del primer año y 4 en el segundo.

En la práctica, puedes volver al trabajo tras las 6 semanas y reservar parte del permiso para más adelante, siempre dentro de estos plazos.

Cómo se reparte

  • Bloque 1: 6 semanas obligatorias, seguidas, a jornada completa, justo después del parto.
  • Bloque 2: 11 semanas flexibles, que puedes usar dentro del año siguiente al nacimiento.
  • Bloque 3: 2 semanas extra, que se pueden disfrutar por semanas, de forma acumulada o interrumpida, hasta que el menor cumpla 8 años.

Esta flexibilidad puede permitir a la pareja combinar mejor los tiempos, utilizando las semanas flexibles para prolongar el cuidado y atención al hijo.