Yolanda Díaz, ministra de Trabajo y Economía Social, en el Congreso de los Diputados.

Yolanda Díaz, ministra de Trabajo y Economía Social, en el Congreso de los Diputados. Eduardo Parra Europa Press

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Es oficial: en el preaviso de despido el trabajador tiene derecho a 6 horas semanales para buscar un nuevo empleo

Estas horas tendrán carácter retribuido, según el art. 53.2 del Estatuto de los Trabajadores.

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Pongámonos en situación. Imagina que tu jefe te hace llamar a su despacho y, acto seguido, te hace saber que estás despedido, entregando una carta de preaviso que informa de que, tras un plazo de 15 días, dejarás de formar parte de la empresa.

Los despidos objetivos pueden deberse a diferentes causas, legisladas en el art. 52 del Estatuto de los Trabajadores, como ineptitud del trabajador o falta de adaptación a las modificaciones técnicas de su empleo, entre otras.

Un día duro, no cabe duda. Aunque, como se dice popularmente, 'no está todo perdido', ya que la ley establece un periodo clave en el que el trabajador puede aprovechar y buscar un nuevo empleo.

Concretamente, el artículo 53.2 de dicha ley, establece que "durante el periodo de preaviso el trabajador, o su representante legal si se trata de una persona con discapacidad que lo tuviera, tendrá derecho, sin pérdida de su retribución, a una licencia de seis horas semanales con el fin de buscar nuevo empleo".

En otras palabras, el empleado tiene una licencia de 6 horas a la semana, dentro su jornada laboral, para buscar un nuevo empleo. Además, este permiso debe pagarse, como si el empleado estuviera realizando todas las horas de su jornada con normalidad.

Por lo que, cualquier pacto en contrario que obligue al empleado a compensar las horas destinadas a la búsqueda de empleo o, al impago de estas 6 horas semanales, será ilegal y podrá denunciarse ante la Inspección de Trabajo.

Cabe destacar que no es automáticamente una licencia para faltar al trabajo 2 horas al día. La ley habla de un permiso de seis horas semanales, después será necesario llegar a un acuerdo con la empresa para repartir este permiso.

Requisitos

Para disfrutar de este derecho laboral recogido en el art. 53.2 del estatuto, es necesario:

  • La solicitud del trabajador afectado por el despido objetivo, informado del día y horas concretas en las que va a hacer uso de este derecho. Ya que, en caso de no ser solicitado, la empresa no está obligada a concederlo.

  • Sólo puede usarlo para buscar empleo. La empresa, por ende, puede pedir justificación.

Eso sí, como explica Iberley (base de datos jurídica y portal web de información legal), en el caso de que el trabajador no haga uso de este derecho, no podrá posteriormente pedir su pago o compensación posterior.