Fachada de la Audiencia Provincial de Zaragoza
La ‘Manada de Zaragoza’, condenada a 97 años de prisión por una violación grupal durante dos días a una joven
La joven permaneció retenida en una casa durante dos días y medio, tiempo durante el cual fue sometida a continuas agresiones sexuales y violaciones.
Te puede interesar: El uso del patinete eléctrico se extiende entre los jóvenes para robar en Zaragoza: así han sido los últimos casos
La Audiencia Provincial de Zaragoza ha condenado a siete jóvenes acusados de un delito continuado de violación grupal, conocidos como la ‘Manada de Zaragoza’, a penas de 14 y 13 años de prisión. El tribunal considera a seis de ellos autores responsables del delito y por ello les impone penas de 14 años de prisión y un séptimo es condenado, como cooperador necesario, a la pena de 13 años de prisión.
A los siete se les impone como pena accesoria la inhabilitación durante 19 y 18 años respectivamente para el ejercicio de cualquier profesión, oficio o actividad -retribuida o no- que suponga contacto con menores. También se les prohíbe aproximarse a la víctima, su domicilio, su lugar de trabajo o cualquier otro lugar frecuentado por ella a una distancia inferior a los 500 metros durante 16 años.
Por último, se les impone, a todos ellos, una medida de libertad vigilada durante ocho años que se cumplirá una vez hayan concluido sus penas de prisión.
El tribunal absuelve a los acusados del delito de lesiones, del que también estaban acusados, al entender que las lesiones psíquicas y físicas ocasionadas a la víctima “no integran un delito autónomo de lesiones”, sino que son “perjuicios derivados del delito de violación que sí merece condena”.
En cuanto a la responsabilidad civil, el tribunal les impone la cantidad de 50.000 euros en concepto de lesiones y daños morales, solicitada por el Ministerio Fiscal, y que los magistrados consideran “adecuada y ponderada”.
Casi seis años después
Los hechos objeto de juicio comenzaron el 23 de junio de 2020 cuando uno de los condenados se citó con la víctima, una joven de 21 años, invitándola a asistir a una fiesta.
Después, con el pretexto de que la fiesta había sido suspendida le propuso otros planes alternativos y finalmente la posibilidad de ir a casa de otro de los acusados, al que la joven conocía, y en la que ya había estado en otras ocasiones.
La joven permaneció retenida en la casa durante dos días y medio, tiempo durante el cual fue sometida a continuas agresiones sexuales y violaciones.
Para el tribunal, los hechos ponen de manifiesto que existía “un plan colectivo previo para doblegar la voluntad de la víctima y utilizarla sexualmente, valiéndose de la superioridad en número y fuerza que tenían respecto de ella, y que aprovecharon para impedirle su salida del piso, creándole así desde este primer momento un clima de temor por lo que pudiera ocurrirle si no accedía a las pretensiones sexuales que todos ellos perseguían”.
Frente a las argumentaciones de los letrados de las defensas esgrimiendo el consentimiento de la víctima, el tribunal entiende y considera que el relato de la víctima es “de todo punto verosímil, lógico y creíble”. Para ello, usa los 16 vídeos que uno de los acusados grabó el 24 de junio de 2020, que, para el tribunal, son “el elemento corroborador de la verosimilitud de la declaración de la víctima”.
Considera la Sala que, de los hechos declarados probados, queda claramente constatada la persistencia en la incriminación y consecuentemente, acreditada la situación de intimidación en que la víctima se vio inmersa.
Respecto a la condena de uno de los acusados en calidad de cooperador necesario, sostienen que “no consta acreditado que mantuviera con la víctima alguna relación sexual con penetración, pero sí haber participado en el plan conjunto que permitió crear la referida situación de intimidación ambiental”.
Los magistrados finalizan su sentencia declarando que cuando se abra la correspondiente ejecutoria, se tramite una pieza separada para que las penas de prisión de cada uno de los condenados extranjeros sean sustituidas por su expulsión del territorio español.
Contra esta sentencia cabe recurso de apelación ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, que se formalizará en el plazo de diez días a contar desde la notificación.