Un mendigo, en una imagen de recurso.

Un mendigo, en una imagen de recurso. www.freepik.es

Alicante TRIBUNALES

"Voy a tirar el cuerpo a la basura": el escalofriante relato de un mendigo que mató a otro en Benidorm

Condenan a 12 años de prisión a un indigente por asesinar a golpes a su compañero por el uso de un piso abandonado. Llevó su cuerpo hasta un descampado en un carrito.

27 julio, 2022 17:14
Redacción | Agencias Sergio Sampedro

Un mendigo de 41 años y nacionalidad lituana ha sido condenado por la Audiencia de Alicante a 12 años de prisión por causar la muerte de otro 'sin techo' tras una discusión originada por el uso de una vivienda ocupada de forma irregular en Benidorm. A pesar de que el acusado sostuvo en todo momento que se peleó con la víctima pero no lo mató, en su trayecto para deshacerse del cuerpo se topó con un matrimonio a quien confesó que iba a tirarlo "a la basura". Lo transportaba en un carrito de supermercado.  

El indigente fue considerado culpable de un delito de homicidio en el juicio por el procedimiento del jurado, celebrado entre el 12 y el 14 de julio, a la vista de la prueba desarrollada.

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El suceso tuvo lugar en torno a las 21:30 horas del 13 de septiembre de 2020, cuando el acusado se encontraba en un piso abandonado de la partida de Armanello con otro indigente, de 32 años y nacido en Hungría.

La sentencia considera probado que, en ese momento, se inició una fuerte discusión entre ambos que acabó en una pelea, en el transcurso de la cual el acusado golpeó "violentamente y en repetidas ocasiones por diversas partes del cuerpo" a la víctima, después de que éste se abalanzase contra él en actitud agresiva.

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Después, introdujo el cadáver de la víctima en un carrito de supermercado que utilizó para trasladarlo hasta un camino de tierra que se encontraba a escasos 500 metros, donde lo dejó tirado.

El procesado admitió haber estado en el lugar del crimen y haber mantenido una pelea con la víctima, aunque negó que le hubiese provocado la muerte.

No obstante, el jurado, al margen de tener en cuenta el reconocimiento parcial de los hechos, también consideró otras pruebas como el testimonio de un matrimonio que vivía en los alrededores y que aseguró haber visto al acusado trasladar el cuerpo en un carrito y que este les dijo que iba a "tirarlo a la basura".

Sin intención de matar

De igual modo, el jurado concluyó que no existía intención de causarle la muerte, por lo que no existiría dolo directo, en la medida en que apenas conocía a la víctima pero, en cambio, sí estimó que existía dolo eventual, puesto que el procesado era consciente de la posibilidad de acabar con la vida de la víctima al propinarle la paliza y golpearle en zonas vitales por la diferencia de complexión física entre ambos.

Además, el jurado descartó la concurrencia de circunstancias atenuantes, como la posibilidad de que el acusado actuase bajo la influencia del alcohol, como alegó la defensa, aunque sí estimó que hubo provocación por parte de la víctima.

De este modo, la sentencia impone al procesado la pena de doce años de prisión como autor de un delito de homicidio, además de la medida de libertad vigilada por otros 10 años, y también acuerda el pago de una indemnización de 130.000 euros a los padres del fallecido en concepto de daños morales.

La sentencia es recurrible en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJCV) en el plazo de diez días desde su notificación.