Una persona ejerciendo la mendicidad, en imagen de archivo.

Una persona ejerciendo la mendicidad, en imagen de archivo. EFE

Alicante TRIBUNALES

El TSJ rechaza suspender cautelarmente la ordenanza que multa a mendigos y prostitutas en Alicante

Desestima el recurso de Unidas Podemos al considerar que la aplicación de la normativa no causa perjuicios "irreparables o de difícil reparación".

16 mayo, 2022 18:01
Redacción | Agencias Sergio Sampedro

Noticias relacionadas

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunidad Valenciana ha desestimado la suspensión cautelar solicitada por dos concejales de Unidas Podemos en el Ayuntamiento de Alicante contra parte de la ordenanza municipal contra la mendicidad, aprobada el pasado 15 de febrero con fuerte oposición de asociaciones y de los partidos de izquierda.

Los concejales de Unidas Podemos Xavier López y Vanessa Romero interpusieron un recurso contencioso administrativo contra la ordenanza aprobada en el pleno del pasado 15 de febrero y, al mismo tiempo, pidieron suspender provisionalmente la vigencia de los artículos 22 bis y 26.

El primero de esos artículos se refiere a la prohibición y multas por dormir en los espacios públicos para el colectivo de personas sin hogar y el 26 a las sanciones económicas para las mujeres que ejerzan la prostitución.

El ayuntamiento expresó su oposición a la medida cautelar con el argumento de que la ordenanza no trata de penalizar a los sin techo ya que se plantean medios públicos para satisfacer, aunque sea parcialmente, las necesidades de estas personas mientras que en cuanto a las mujeres prostituidas aclaró que únicamente se plantean sanciones cuando las prácticas afecten a la convivencia ciudadana.

La respuesta de los jueces

En un auto al que ha accedido Efe, la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCV concluye que la jurisprudencia es restrictiva a la hora de acceder a la suspensión cautelar cuando el hecho recurrido afecta a disposiciones generales, como es el caso, y añade que la aplicación de la ordenanza no causa perjuicios "irreparables o de difícil reparación".

Además, cree que resolver sobre la medida cautelar, tal y como solicitan los concejales de Unidas Podemos, supondría anticipar el debate de fondo que se plantea en el recurso cuando se trata de un momento y ámbito procesalmente improcedente.

La resolución, ante la que cabe recurso de reposición ante la propia sala en el plazo de 5 días, impone las costas a la parte recurrente aunque limita la cuantía máxima a mil euros. 

La ordenanza de Convivencia Cívica de Alicante ha causado polémica por las sanciones que imponen a mendigos y prostitutas, pese a que, en algunos casos, ciudades controladas por la izquierda (como Valencia o Barcelona) también imponen sanciones con las mismas cuantías económicas. 

El Ayuntamiento, por su parte, sostiene que el objetivo es "combatir las mafias" de la mendicidad y la prostitución en el municipio, dotando de herramientas legales a los agentes de la Policía Local.