De hotel a club de streaptease: la compleja estafa que ha enviado a dos empresarios de Alicante a la cárcel.

De hotel a club de streaptease: la compleja estafa que ha enviado a dos empresarios de Alicante a la cárcel. EFE

Alicante SENTENCIA

De hotel a club de striptease: la compleja estafa que ha mandado a la cárcel a dos empresarios de Alicante

Condenan a dos hombres a tres años y un año y medio de prisión por urdir una red de contratos para no pagar las obras de un local en Teulada-Moraira.

8 diciembre, 2021 12:41
Alicante

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Dos empresarios de 55 y 60 años han sido condenados a tres años y un año y medio de prisión, respectivamente, por una estafa en la reforma de un hotel de Teulada-Moraira para su reconversión en sala de baile y club de striptease.

La sección Tercera de la Audiencia de Alicante considera que los enjuiciados urdieron un entramado de contratos entre diversas sociedades de la que eran titulares con el fin de eludir el pago de las obras de reforma del hotel Cuatro Vientos.

Para ello planificaron una suerte de doble arrendamiento sobre el inmueble con el fin de propiciar que se ejecutasen sus obras de remodelación sin abonar su coste a las 10 empresas que las ejecutaron, en unos trabajos que se elevaron a 125.888 euros.

Los hechos enjuiciados tuvieron lugar entre el 27 de julio de 2012 y el 29 de mayo de 2013 cuando firmaron un acuerdo de voluntades por el que la empresa administrada por uno de ellos, Rio Mairan, mostraba su intención de alquilar el hotel al segundo de los procesados para reconvertirlo en sala de baile, con el compromiso de que éste se haría cargo de las obras de acondicionamiento.

El segundo encargó los trabajos a una decena de empresas emplazadas en la comarca de la Marina Alta y fue girando pagarés para satisfacer su importe a nombre de una empresa de la que él era administrador, Maqu La Nucía, a sabiendas de que iban a resultar impagados puesto que dicha compañía carecía de actividad y de patrimonio.

En paralelo, mientras se ejecutaban las obras, ambos acusados se concertaron para crear una sociedad, Posh Garden XXI, con un administrador interpuesto, que resultó ser un camarero del hotel, a la que el primero de los acusados, a través de Rio Mairan, le arrendó el hotel una vez reformado.

A su vez, esta nueva sociedad, Posh Garden, subarrendó el local a una tercera empresa, Capricornio 2012, y acto seguido el dueño del hotel adquirió 1.500 acciones de la primera empresa (Posh Garden) a la que él mismo había alquilado el establecimiento. Después, se nombró al segundo de los procesados como su nuevo administrador.

Por último, el primer procesado, como representante de la empresa propietaria del edificio, Rio Mairan, interpuso una demanda de desahucio contra la empresa a la que le había alquilado el hotel, Posh Garden, "beneficiándose de este modo ambos acusados de las reformas realizadas en el local que no fueron pagadas en su totalidad, así como de la explotación de un local ya reformado".

Uno lo asume, otro lo niega

El segundo de los acusados, titular de Maqu La Nucía, asumió lo autoría de los hechos y aceptó los términos de la acusación formulada por la Fiscalía. Sin embargo, el primero de los procesados, administrador de Rio Mairan, negó la maquinación que se le atribuía y aseguró que no tuvo ninguna intervención en la contratación de las obras. Así, su defensa solicitó su libre absolución.

No obstante, el tribunal incide en que los representantes de las empresas que ejecutaron las obras declararon durante la vista que había sido éste último quien había negociado con ellos la ejecución de los trabajos y quien les había dicho que debían facturar a nombre de la empresa del primero de los procesados.

La sentencia concluye que este acusado "montó una red societaria con la intención de difuminar su implicación en los hechos" hasta el punto de promover la formación de una sociedad para explotar el local "que finalmente acaba bajo el dominio de este acusado, por lo que puede afirmarse que el acusado se autocontrató el arrendamiento de local de negocio".

El fallo impone una pena de un año y seis meses de prisión para el acusado que reconoció los hechos, así como otra de tres años de prisión para el propietario del hotel, y se les considera autores de un delito de estafa agravada por la cuantía del importe impagado.

Al tiempo, establece que los condenados indemnicen a cada una de las empresas que ejecutaron las reformas con las cantidades adeudadas, con los intereses legales correspondientes.