Foto de archivo de la fachada del Tribunal Supremo.

Foto de archivo de la fachada del Tribunal Supremo. Efe

Tribunales

El Supremo rebaja la pena de la exalcaldesa de La Muela, Marivi Pinilla, de 16 a 11 años y 4 meses

La Audiencia de Zaragoza la condenó por once delitos de corrupción cometidos mientras ejercía como máxima responsable municipal.

13 enero, 2022 17:23

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El Tribunal Supremo ha rebajado la condena que le impuso en junio de 2019 la Audiencia Provincial de Zaragoza a la exalcaldesa de La Muela, Marivi Pinilla, de 16 años de prisión a 11 años y 4 meses y de 8,4 a 6,5 millones de multa al ratificar los delitos de malversación, prevaricación, blanqueo de capitales, cohecho, fraude y delitos fiscales pero absolverla de los de tráfico de influencias y fraude de subvenciones y del de fraude a la administración en una de las operaciones de la causa.

La Audiencia de Zaragoza condenó a la excalcaldesa de La Muela, del PAR, a penas que sumaban más de 16 años de prisión y a multas por 8,4 millones de euros por once delitos de corrupción cometidos mientras ejercía como máxima responsable municipal en su localidad, entre finales de los años 90 y el 2009, en relación a varias operaciones urbanísticas y adjudicaciones irregulares realizadas en dicho municipio.

Su abogado, Santiago Palazón, anunció entonces que iba a recurrir la sentencia al Supremo al entender que existía un "claro prejuicio" en algunos de los argumentos utilizados.

Este jueves se ha hecho pública la decisión del Tribunal Supremo que mantiene básicamente las conclusiones de la sentencia de la Audiencia Provincial de Zaragoza, de 25 de junio de 2019, respecto al mayor caso de corrupción urbanística de Aragón.

Fuentes del Supremo explican que en la sentencia se destaca la gravedad de la corrupción urbanística que, aunque no constituya un delito con esa denominación específica, tiene lugar "mediante la ejecución de hechos que, generalmente, pueden ser constitutivos de prevaricación, malversación, tráfico de influencias y cohecho".

Añaden los magistrados que es "indiscutible" que el sistema democrático se resiente cuando quienes alcanzan cargos públicos, por elección o por nombramiento, "emplean para el lucro personal, de la clase que sea, las potestades y poderes que se les confieren para la satisfacción del interés general".

El Supremo absuelve a Marivi Pinilla del delito de tráfico de influencias ya que, aunque se declara probado que la recurrente se valió de su posición privilegiada como alcaldesa de la Muela, este dato, aislado y no acompañado de ningún otro, no permite asegurar "la necesaria posición de superioridad ni la existencia de una situación de ascendencia que permitieran ejercer una influencia real sobre las personas con las que se contactó", como exige el tipo penal.

En cuanto al delito de fraude de subvenciones, el Tribunal Supremo señala que después de que se produjeran los hechos juzgados se introdujo una norma que limitaba el delito a los casos de actividades privadas y, respecto al de fraude a la administración en una de las operaciones, recuerda que por dichos hechos resultó absuelta en el primer juicio que el Supremo ordenó repetir, por lo que el segundo juicio solo podía versar sobre los hechos por los que fue condenada.

La sentencia del Supremo confirma las condenas por responsabilidad civil, que incluyen el pago por la exalcaldesa al Ayuntamiento de La Muela de más de 1,5 millones de euros y a la Hacienda Pública de casi medio millón de euros.

En relación a otros acusados, el Supremo confirma la condena de 8 años de inhabilitación y multa de 1.440 euros impuesta al exconcejal de la Muela Fernando Miguel Barba, reduce la pena a Antonio Fando, representante de la empresa a la que el ayuntamiento adjudicó el servicio de abastecimiento de aguas en 2007, y absuelve a los constructores Julián de Miguel Ortega y Juan Ignacio Unsain Azpiroz y David de Miguel, copropietario de una inmobiliaria.

La Audiencia Provincial ha juzgado este caso en dos ocasiones, la primera en 2016, cuando Pinilla fue condenada a 17 años de prisión y al pago de casi 10 millones de euros de multa, aunque el Tribunal Supremo ordenó repetir el juicio al entender que se vulneró su derecho de defensa al no aceptar el tribunal la renuncia de su abogado a representarla.

El Supremo no anuló, sin embargo, las condenas de quince acusados que alcanzaron acuerdos de conformidad, entre ellos Carmelo Aured, que aceptó 9 años por el cobro de comisiones, y el exmarido de Pinilla, Juan Antonio Embarba, condenado a 3 años por corrupción.