El catedrático de Derecho Penal Enrique Gimerbant, este martes en el Senado.

El catedrático de Derecho Penal Enrique Gimerbant, este martes en el Senado. E.E.

Política LEY DE AMNISTÍA

Gimbernat defiende en el Senado que la amnistía es "inconstitucional" y rompe el principio de igualdad

Cruce de opiniones en las primeras comparecencias sobre la medida de gracia: el catedrático Manuel Cancio defiende la norma y critica al Tribunal Supremo y la Fiscalía.

16 abril, 2024 20:59

La tramitación de la amnistía inicia una fase clave en el Senado: las comparecencias de los expertos en la comisión de Justicia y Constitucional. Este martes, han desfilado por la Cámara Alta los catedráticos de Derecho Penal de las universidades Complutense y Autónoma de Madrid: Enrique Gimbernat y Manuel Cancio, respectivamente. 

El primero, ha expresado su rechazo total a la medida de gracia, que ha tachado de "inconstitucional" por varias razones. La más relevante: "Por vulnerar el principio de igualdad". El segundo, ha cerrado filas con la norma y ha cargado contra el Tribunal Supremo y la Fiscalía, por protagonizar un proceso judicial con "anomalías". 

Durante su intervención, Gimbernat ha sostenido que la amnistía contraviene la Constitución Española, fundamentalmente, por un motivo. El artículo 62,1 de la Carta Magna reza que corresponde al rey ejercer el derecho de gracia con arreglo a la ley, pero matiza: "No podrá autorizar indultos generales". 

Sobre esta premisa construye el jurista su argumentación en contra de la medida. "De acuerdo con una argumentación ad minoris ad maius, si los indultos generales están prohibidos, con mayor motivo las amnistías generales", ha incidido. 

En todo momento, Gimbernat ha diferenciado el "indulto particular", que supone "que ha habido una sentencia condenatoria", que no "se puede aplicar mientras se investigan los hechos", que "no anula los antecedentes penales, no los cancela", ni tampoco "cancela ni anula la responsabilidad civil"; frente a "la amnistía general", una medida "en la cual se perdonan tanto los hechos que han sido ya condenados como los que están en trámite de investigación". 

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Según ha afirmado, "si se admitieran las amnistías" en el Estado de derecho español, "no estarían prohibidos los indultos" generales. 

Además, el catedrático de la Universidad Complutense ha recalcado que la figura de la amnistía no existe en nuestro país "porque España también tiene su historia" y que, en la hipótesis de que existiera, "esta amnistía concreta también sería inconstitucional: por vulnerar el principio de igualdad". 

Cancio, a favor

En la orilla contraria se ha expresado el segundo compareciente de la jornada: Manuel Cancio, que ha cerrado filas con la amnistía. En primer lugar, porque rechazarla sería poco menos que "ponerle cortapisas a la soberanía popular, a las Cortes españolas".

Pero, también, porque el argumento de Gimbernat, en su opinión, puede ser complicado "en términos jurídicos", ya que, ha alegado, "tiene que estar claro que las magnitudes que se están comparando realmente sean comparables, de la misma sustancia". En ese punto, ha mostrado su desaprobación con su antecesor: "Los indultos generales son de una materia totalmente distinta a la amnistía". 

Cancio ha afirmado que si el indulto "es una decisión del Ejecutivo", la amnistía es una "redefinición que el Parlamento puede hacer soberanamente, como cada vez que cambia una ley". En definitiva: "No podemos comparar los indultos con la amnistía, que la Constitución Española prohíba los indultos generales es irrelevante a la hora de determinar la constitucionalidad de la amnistía". 

No obstante, el catedrático de la Universidad Autónoma ha centrado su defensa de la amnistía en la necesidad de pasar página del procés. Especialmente, por la respuesta judicial. En su intervención, Cancio ha tratado de desacreditar al Tribunal Supremo y a la Fiscalía. 

Tras sostener que el proceso soberanista auspiciado por los líderes de Junts y ERC "comportó muchos delitos, fue antidemocrático", Cancio ha censurado que el procedimiento judicial presenta "rasgos de una gran excepcionalidad en términos jurídico-penales". Desde su punto de vista, "son procesos que, en alguna medida, han descarrilado". 

De ahí, ha agregado, que en "Alemania, en Escocia o en los tribunales belgas estén reaccionando con incomprensión y extrañeza frente a determinados requerimientos que le están llegando desde España".  

Sobre el "proceso general" que juzgó los delitos del procés, Cancio ha manifestado sus reservas. La primera: "Por qué no se enjuiciaron en los tribunales competentes en el territorio de Cataluña". En todo momento, ha lamentado que la causa acabara en el Alto Tribunal: "Esto ya es llamativo". 

Después, ha cuestionado que "desde el principio de la instrucción se produjo un verdadero empecinamiento" por marcar una única vía: "La violencia y la rebelión". Para él, es inexplicable que desde la instrucción "esto se mantuviera hasta el final". 

Finalmente, sobre la sentencia, Cancio ha considerado que el delito de sedición "era inconstitucional, propio de otra época, un fósil muerto", por lo que "el principio de proporcionalidad" de las penas no fue "respetado". 

Con todo ello, ha rematado: "El hecho de que hayamos perdido el control de la situación es uno de los argumentos que podemos considerar para decir que sí es el momento de decir que este no fue el camino, el camino hubiera sido en términos penales otro; ello habla en favor de la conveniencia de esta ley de amnistía".