Circulación de la A6.
En vigor: las personas que tengan un coche de más de 30 años están exentas de pagar el impuesto de circulación
El titular debe pedir la bonificación del 100% en la cuota íntegra del IVTM en el ayuntamiento donde tributa el vehículo.
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Los vehículos con antigüedad superior a los 30 años pueden quedar exentos de pagar el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM).
También aquellos que tengan matrícula histórica o permiso de circulación donde conste "Particular-vehículo histórico".
Sin embargo, la bonificación del 100% en la cuota íntegra no es automática. El titular debe solicitarla expresamente en el ayuntamiento donde tributa el vehículo.
Entre los requisitos a tener en cuenta están disponer de la matrícula mencionada, tener más de 30 años de antigüedad y estar al corriente de tributos municipales.
La solicitud debe presentarse antes del 31 de diciembre del año en que se alcanza la antigüedad (que tendrá efecto al ejercicio siguiente), o dentro del mes siguiente a la nueva matriculación como histórico en la DGT.
Sobre la documentación a presentar, se necesita el DNI del solicitante, el permiso de circulación, la tarjeta ITV en vigor e IBAN en caso de que se tenga que devolver el importe del impuesto.
El trámite se realiza presencialmente en la Oficina de Gestión Tributaria del Ayuntamiento de Valencia con cita previa, en registros municipales con impreso descargable o vía Sede Electrónica.
La bonificación surte efectos desde el ejercicio siguiente al requerido, con base legal en el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo).
Aunque en Valencia la exención se aplica a vehículos con más de 30 años y matrícula histórica, en otros municipios el requisito de antigüedad puede ser menor según la ordenanza local.