El ministro de Transportes y Movilidad Sostenible, Óscar Puente.

El ministro de Transportes y Movilidad Sostenible, Óscar Puente. Europa Press / Alberto Ortega

Valencia

Ya entró en vigor: si viajas desde España puedes subir una maleta gratis a la cabina del avión como equipaje de mano

La Ley de Navegación Aérea establece que únicamente puede denegarse el embarque de bultos por razones de seguridad, ya sea por peso o tamaño.

Más información: Entró en vigor: los trabajadores no podrán realizar más de 80 horas extra al año, retribuidas por convenio o contrato

Leer en Castellano
Valencia
Publicada
Actualizada

No importan los argumentos que esgriman los trabajadores de las aerolíneas sobre tu maleta antes de embarcar; la legislación va siempre por delante.

En España, el artículo 97 de la Ley de Navegación Aérea establece que el equipaje de mano que el viajero lleve consigo debe transportarse de forma gratuita en cabina, incluidos los artículos adquiridos en las tiendas del aeropuerto.

Eso sí, siempre que el bulto se ajuste a los límites de peso y volumen que establezcan los reglamentos, con independencia del número de piezas.

"Únicamente podrá denegarse el embarque de estos objetos y bultos en atención a razones de seguridad, vinculadas al peso o al tamaño del objeto, en relación con las características de la aeronave", señala la norma.

"El exceso será objeto de estipulación especial", añade.

Cobrar un suplemento puede considerarse abusivo o, al menos, reclamable. La clave está en si esa maleta entra dentro de lo que la normativa y la jurisprudencia consideran "equipaje de mano ordinario".

En ese caso, en España se entiende que debe ir incluido en el precio del billete.

Práctica "abusiva"

Una usuaria de la red social X, Zoe Gutiérrez, explicó cómo proceder en caso de cobro por parte de la aerolínea.

Según señaló, con el comprobante de pago impreso y el concepto exacto del cobro, el viajero puede presentar una reclamación por escrito citando el artículo 97 de la Ley de Navegación Aérea, que ampara el transporte gratuito en cabina del equipaje de mano dentro de unos límites razonables.

"El que discute en la puerta de embarque contra un empleado sin poder, pierde el vuelo. El que paga, guarda el recibo y dispara la ley desde su casa, recupera su dinero", expuso.

La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) también consideró esta práctica como una "cláusula abusiva".

"Que las líneas aéreas anuncien los billetes a un precio, y luego cobren por distintos conceptos (reserva de asiento, equipaje...) no está bien: la normativa establece que el precio final a pagar por los servicios aéreos debe incluir desde el principio todos los cargos aplicables", afirma.

La entidad recordó en su momento que el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Madrid volvió a rechazarla en una sentencia de 17 de junio de 2022, al entender que el equipaje de mano que cumple unos requisitos razonables de peso y dimensiones no debe ir sujeto a un suplemento.

Además, dice que según el Tribunal Europeo de Justicia el equipaje de mano debe considerarse "un aspecto necesario del transporte de pasajeros y no debe generar cargos adicionales si cumple con requisitos razonables de peso y dimensiones".

La OCU agrega que son muchas las compañías que siguen imponiendo cargos, por el que cobran importes que varían entre 6 y 75 euros.

"Nosotros lo tenemos claro: viajar con tu maleta de mano no es un lujo, y hacerte pagar por ello es un abuso", valora.

De esta manera, el pasajero puede embarcar con su maleta de mano y un accesorio personal, siempre que ambos se ajusten a las condiciones de la aerolínea y a las normas de seguridad.