Imagen de archivo de un furgón de la Policía en el Puerto de Valencia.
La Audiencia pide fianzas de 12.000 euros a varios narcos de la trama Sky si quieren evitar la prisión provisional
La Fiscalía había solicitado el encarcelamiento de cinco de los condenados por introducir 1.650 kilos de cocaína a través del puerto de Valencia.
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La sección tercera de la Audiencia Provincial de Valencia ha impuesto fianzas de hasta 12.000 euros a los principales narcos de la conocida trama Sky, condenados por importar 1.650 kilos de cocaína en el año 2020 a través del Puerto de Valencia, para evitar que entren en prisión.
Así se desprende del auto, al que ha tenido acceso Europa Press, en el que el tribunal reforma la situación personal de cinco procesados en esta trama y les decreta prisión eludible con el pago de una fianza en metálico por importe de 12.000 euros -para uno de ellos se fijan 10.000 euros-.
El tribunal ha adoptado esta medida, tal y como ha adelantado Levante-EMV, después de que este jueves se celebrara una comparecencia respecto de estos cinco condenados en la que el fiscal solicitó su prisión, comunicada y sin fianza.
Por parte de las defensas se requirió el mantenimiento de su libertad provisional.
La Audiencia, para adoptar esta medida, señala que es "indudable" que las penas impuestas a los cinco condenados son elevadas, tratándose en todos los casos de penas graves.
Esta consideración, sin ser determinante, "obliga a tener en cuenta que lo que hasta el momento de la sentencia eran indicios racionales de criminalidad que habían justificado la procedencia del juicio oral, se han reforzado mediante una sentencia que, aunque no haya adquirido firmeza, ha valorado lo que ya se ha convertido en prueba de cargo para fundar una condena".
El fiscal alegó que en el caso concreto de estos condenados concurría una circunstancia que reforzaba ese riesgo de fuga.
Apreciaba que todos ellos tienen otras causas pendientes por el mismo delito o delitos relacionados en un estado más o menos avanzado -incluso con escrito de acusación-.
Aunque las defensas impugnaron esta invocación, la Audiencia estima que es "innegable" que la sujeción a otros procedimientos penales constituye una circunstancia personal valorable no solo en cada uno de los procedimientos, sino en su conjunto.
Por todo, ve "razonable" y "proporcionado" reforzar las medidas cautelares ya acordadas en auto de mayo de 2026 para asegurar la sujeción de los acusados al procedimiento y, en su caso, la ejecución de la sentencia dictada en el mismo, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 503.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Así, fija recuperar las fianzas que se impusieron en su momento a los acusados y que les fueron devueltas tras el dictado de la primera sentencia, de tal manera que decreta la prisión provisional para ellos que podrán eludir si pagan una fianza.