El portavoz de Vox en Les Corts, José María Llanos, junto a Pérez Llorca y la responsable de Vivienda, Susana Camarero.
Vox exige un mínimo de 10 años de empadronamiento para acceder a la compra de una vivienda pública
Busca activar la 'prioridad nacional' a través de enmiendas a Acompañamiento y piden 3 años de "arraigo" para optar a la Renta Valenciana de Inclusión.
Más información: Vox pone sus condiciones para los presupuestos: prohibición del burka y trayectoria de cotización para ayudas públicas
Vox ha registrado este jueves sus enmiendas a la Ley de Acompañamiento de 2026. Unos cambios que afectan a la Ley de Vivienda, la de Servicios Sociales y a la Renta Valenciana de Inclusión (RVI), a través de las cuales se concretaría la llamada 'prioridad nacional' que pretende activar el partido.
En concreto, el grupo parlamentario que dirige José María Llanos en Les Corts Valencianes ha introducido en estas normas nuevos criterios para poder acceder a una vivienda pública o para aspirar a ser beneficiario de una prestación como la RVI.
Para el primer caso, el partido de Santiago Abascal agrega un nuevo artículo en la Ley 8/2004 en el establece las condiciones bajo las que se adjudicarán las viviendas públicas.
Entre los criterios de baremación a tener en cuenta incluyen la acreditación del "arraigo real y prolongado, basado en el empadronamiento del solicitante en la Comunitat Valenciana y España".
Un arraigo que debería quedar demostrado mediante "un acumulado histórico de empadronamiento efectivo de al menos 15 años", pero también se valoraría que el solicitante demostrara cualquier actividad laboral en España, así como tener una trayectoria de cotización.
El texto registrado lo plantea como una "exigencia", si bien desde la formación aseguran que serían criterios que se tendrán en cuenta a la hora de puntuar y valorar a los aspirantes a una adjudicación.
Junto a esto, el grupo ha registrado una modificación al artículo 2 de la Ley de la Función Social de la Vivienda para incorporar en él que tendrán derecho a disfrutar de una vivienda asequible, digna y adecuada "las personas con vecindad administrativa en la Comunitat Valenciana que acrediten un mínimo de 5 años de residencia".
Asimismo, Vox plantea que para poder "optar a la adjudicación de una vivienda del parque público de la Generalitat" previamente los interesados se inscriban en el registro de demandantes.
Para una nueva inscripción en régimen de alquiler asequible Vox exige 5 años de empadronamiento en cualquier municipio de España, mientras que en caso de que se opte por el régimen de compra, la obligatoriedad aumenta a 10 años.
En este sentido, la formación da un plazo de seis meses a la administración autonómica para adaptar el registro vigente a estas nuevas condiciones.
En la normativa actual, conviene apuntar, no se establece ninguna condición de este tipo. Tan solo se apunta a que el registro debe diferenciar de forma clara entre los interesados en comprar una vivienda y los que, por el contrario, se decantan la fórmula del arrendamiento.
Renta Valenciana de Inclusión
Las enmiendas de Vox refuerzan, asimismo, los requisitos para acceder a prestaciones como la Renta Valenciana de Inclusión. Entre las principales medidas destaca, por ejemplo, la exigencia de haber residido de forma continuada los tres años previos a la presentación de la solicitud en el territorio.
Un plazo que endurecen de forma significativa, puesto que anteriormente este periodo era de 15 meses.
En su defecto, establecen que podrán acceder aquellos que acrediten 10 años de residencia dentro de los últimos 30 anteriores al registro de la solicitud, bien sea de manera ininterrumpida o no.
En este punto, el grupo agrega una nueva disposición para facultar al Consell a aprobar un reglamento que desarrolle las condiciones de acceso a todas las ayudas, subvenciones y prestaciones públicas "inspiradas en el principio de prioridad nacional".
Todo ello con la intención de "procurar la asignación prioritaria de los recursos públicos a quienes mantengan un arraigo real, duradero y verificable en la Comunitat Valenciana, con el objetivo de asegurar la vinculación efectiva y estable del solicitante con el territorio".
Prohibición del burka o niqab
El grupo de Abascal plasma también una de sus exigencias al president de la Generalitat, Juanfran Pérez Llorca, en las enmiendas: la prohibición del uso del burka, el nicab y cualquier otra prenda que oculte completamente el rostro en espacios, edificios y servicios públicos autonómicos.
Ahora bien, lo acota a un ámbito particular: el de los empleados públicos. A través de la Ley de Función Pública, les obligan a "prestar sus servicios manteniendo el rostro sustancialmente descubierto durante toda la jornada laboral y la atención al público, no permitiéndose portar prendas o accesorios que oculten sustancialmente el rostro".
La intención, según describe la modificación legal, es "garantizar el derecho de la ciudadanía a su plena identificación visual, asegurar la transparencia y eficacia administrativa, y cumplir con los estándares organizativos de seguridad interna de las dependencias públicas".
Tan solo establecen una excepción: que la cobertura facial "responda a prescripción médico-sanitaria, o cuando sea exigido de forma obligatoria por la normativa de prevención de riesgos laborales aplicable a las funciones específicas de su puesto de trabajo".
Más rebaja de impuestos
Más allá de cuestiones vinculadas a la 'prioridad nacional', Vox ha aprovechado el trámite de enmiendas para apretar a Pérez Llorca y exigir una mayor rebaja de impuestos. En concreto, en Patrimonio e IRPF.
Respecto al primero, la formació ha presentado una enmienda para aumentar a 2 millones de euros el mínimo exento en el Impuesto de Patrimonio. Una cuantía que ahora mismo se sitúa en 1 millón de euros y que ya fue aumentado por el Consell de Carlos Mazón respecto a los 500.000 euros que fijó el Ejecutivo de Ximo Puig.
Además, modifican la escala del IRPF para bajar una décima más respecto a la rebaja planteada por Llorca a las rentas de hasta 100.000 euros y el 0,25% a todos los tramos de las rentas superiores a los 100.000 euros brutos anuales.