Yolanda Díaz, vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo.
Ya ha entrado en vigor: los trabajadores tienen derecho a 19 semanas de permiso retribuido por nacimiento
Inicialmente la medida comprendía 16 semanas; sin embargo, el Ejecutivo central amplió su duración el pasado mes de julio.
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El 29 de julio del pasado año, el Gobierno de España aprobó la ampliación del permiso por nacimiento y cuidado del menor, una medida que es de especial relevancia para los trabajadores y que supone un avance en materia de conciliación.
Desde su entrada en vigor, cada progenitor dispone de 19 semanas de permiso retribuido, un derecho individual que no puede transferirse y que garantiza la implicación directa de ambos en los primeros meses de vida del menor.
Esta medida también contempla una protección reforzada para las familias monoparentales, que podrán disfrutar de un total de 32 semanas.
Además, introduce un elemento de flexibilidad al permitir que dos de esas semanas se utilicen en cualquier momento hasta que el menor cumpla ocho años, lo que facilita adaptar el cuidado a necesidades futuras.
El origen de esta ampliación se remonta a julio de 2025, cuando el Consejo de Ministros aprobó el incremento de tres semanas sobre el permiso anterior de 16.
El permiso mantiene su carácter de derecho individual e intransferible, una característica clave desde su equiparación en 2021, cuando se unificaron las antiguas prestaciones de maternidad y paternidad.
Esta estructura busca evitar desigualdades y fomentar que ambos progenitores participen activamente en el cuidado del menor desde el inicio, reduciendo así la brecha de género en el ámbito laboral.
Distribución del permiso
En cuanto a la distribución, las seis primeras semanas del permiso deben disfrutarse de manera obligatoria e ininterrumpida inmediatamente después del nacimiento o de la resolución en casos de adopción, guarda o acogimiento.
Las semanas restantes pueden organizarse con mayor flexibilidad durante el primer año de vida del menor. Es posible disfrutarlas de forma continua o en periodos semanales, e incluso a jornada parcial si existe acuerdo con la empresa.
Además, la normativa introduce dos semanas adicionales que pueden utilizarse en cualquier momento hasta que el menor cumpla ocho años.
La Seguridad Social asume íntegramente el coste de esta prestación, abonando el 100 % de la base reguladora sin retenciones de IRPF.
Podrán beneficiarse trabajadores por cuenta ajena, autónomos y empleados públicos que cumplan los requisitos de cotización, consolidando así un sistema más equitativo y accesible para todas las familias.