El expresidente de la Generalitat, Carlos Mazón, en Les Corts. Eduardo Manzana / EP
La jueza de la dana cita a Carlos Mazón como testigo después de que el TSJ valenciano rechazara su imputación
La magistrada traslada al expresidente de la Generalitat que puede aportar de forma voluntaria sus llamadas y mensajes del 29 de octubre.
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La jueza de la dana ha acordado citar a Carlos Mazón como testigo. La decisión se produce después de que el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) rechazara su imputación y archivara la causa para él al no ver delito en la gestión de la emergencia.
La magistrada quiere saber el conocimiento del expresidente de la Generalitat sobre las decisiones que se adoptaban en el Cecopi.
Argumenta que el auto emitido recientemente por el TSJCV después de que ella elevara una exposición razonada para solicitar que Mazón fuera investigado "excluye" su "responsabilidad de forma completa en su vertiente omisiva, al no ostentar la posición de garante".
Del mismo modo -precisa la instructora- "no aprecia tampoco el TSJ indicios de delito en la acción del aforado en una eventual participación activa" (en el envío del Es-Alert).
Una eventualidad "que se desconoce y que en ningún caso puede ser óbice, tras el auto del TSJCV, al objeto de acordar su declaración testifical”, concluye.
La jueza razona que al rechazar los cinco magistrados la posición de garante del expresidente, "la única posibilidad sería su intervención activa". Pero el TSJCV también la descarta al no considerar acreditada su intervención en el envío de la alerta a la población de las 20:11 horas.
"Ello lleva a que el conocimiento del señor Mazón sobre las decisiones que se iban a adoptando en el
Cecopi o la ausencia de ellas, y el momento en que se adoptaron y su contenido, ha de efectuarse a través
de su declaración testifical", señala la magistrada.
Para ello, alude al auto de la Audiencia Provincial de octubre de 2025 en el que le ordenó recabar datos sobre el expresidente por si cabía abrirle una causa penal.
La instructora se ha aferrado en reiteradas ocasiones a ese auto, que ahora choca con el criterio del TSJCV. "Analizar o investigar lo hecho -por acción u omisión impropia- por el presidente de la Generalitat la tarde del 29 de octubre de 2024, en el espacio del procedimiento penal, exigiría que existieran indicios de que tuvo alguna participación eficiente en la toma de decisiones -o en la omisión de las mismas- en el seno del Cecopi por quien detentaba el mando único", señaló en su momento la Audiencia.
Con esta decisión, la jueza evidencia que quiere seguir adelante con la averiguación del papel que jugó Mazón el día de la dana. Si no ha podido por la vía de la imputación, lo hace con la citación como testigo.
Pide llamadas y mensajes
La magistrada acuerda así tanto su declaración como la comunicación al expresidente y ahora diputado autonómico para que aporte voluntariamente a la causa los mensajes y llamadas telefónicos del 29 de octubre de 2024 relacionados con la dana se efectuará una vez que el auto del TSJCV adquiera firmeza.
"Se está interesando tanto los mensajes en los que hubiera intervenido el señor Mazón como la determinación de quién recibió la información quien fue presidente de la Generalitat. Resulta obvio que el objeto de dichas comunicaciones y la determinación de quién recibió la información se ha de efectuar de manera directa con el señor Mazón", afirma.
En la misma resolución, la instructora acuerda la declaración testifical de la que fuera portavoz del Consell en esa fecha, Ruth Merino, así como requerir a diversos alcaldes para que aporten voluntariamente al órgano judicial los listados de sus llamadas entrantes y salientes y sus mensajes el 29-O con distintas autoridades y miembros del Cecopi.
Finalmente, en una providencia, la jueza acuerda entre otras cosas citar de nuevo al subdirector general de Emergencias de la Generalitat, Jorge Suárez, para que realice aclaraciones a su declaración testifical anterior, así como a la exconsellera de Justicia investigada para realizar un cuerpo de escritura para hacer una prueba pericial caligráfica respecto de un documento manuscrito aportado por el citado subdirector general.