El exsecretario autonómico de Emergencias, Emilio Argüeso. Rober Solsona / Europa Press

El exsecretario autonómico de Emergencias, Emilio Argüeso. Rober Solsona / Europa Press

Valencia

La Audiencia ordena a la jueza de la dana investigar el ofrecimiento de agentes medioambientales a Emergencias

Los seis magistrados admiten un recurso de Emilio Argüeso para comprobar si tuvo noticia de esa comunicación sobre personal para vigilar barrancos. 

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La Audiencia de Valencia ha estimado un recurso del exsecretario autonómico de Emergencias Emilio Argüeso -único investigado junto a la entonces consellera, Salomé Pradas- y ordena a la jueza de la dana que investigue el ofrecimiento de agentes medioambientales a Emergencias para vigilar barrancos. 

Los seis magistrados -y después de que la Fiscalía también fuera favorable a ello- han instado a la instructora a que oficie a la Dirección General de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (DGTIC) para que informe sobre la trazabilidad de la comunicación

La Conselleria de Medio Ambiente ofreció agentes medioambientales a la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias (AVSRE) para controlar los cauces, pero Argüeso sostiene que nunca le fue comunicado.

La Audiencia de Valencia considera que "parece evidente", en aras al derecho de defensa del que fuera secretario autonómico, su interés en intentar acreditar "de forma objetiva e indubitada si durante el 29 de octubre de 2024 se le notificó personalmente el ofrecimiento de los agentes medioambientales".

Por tanto, considera esta diligencia "útil y pertinente" y deja sin efecto el auto de la magistrada que rechazaba el recurso.

Argüeso había solicitado a la jueza que pidiera un informe a la DGTIC sobre la trazabilidad de la supuesta comunicación remitida por el Director General de Medio Natural y Animal, Luis Gomis, y que se indicara si realmente se recepcionó ese día la hoja de comunicación por la AVSRE; la persona que accedió a esa comunicación en la agencia; personas o entidades a quienes se les reenvió, si eso se hizo y si se rebotó al propio Argüeso.

Asimismo, pedía que se tomara declaración como testigo perito o subsidiariamente como testifical al director de la DGTIC para explicar al tribunal cómo funcionan estas comunicaciones internas y citar en calidad de testigo a la persona que reaccionó la supuesta comunicación, una vez identificado.

La jueza rechazó la petición al considerar que se ha aportado documentación a la causa que acreditaría esa recepción y consideraba que en el fondo de la petición "lo que late es la atribución de una falta de diligencia" que Argüeso atribuye a Luis Gomis.

El fiscal compartía el criterio

El investigado recurrió la negativa al considerar "imprescindible" saber "a ciencia cierta" si ese ofrecimiento de los agentes fue recibido "el día 29/10/24, en algún momento posterior o nunca".

Alegaba su derecho "a que si se afirma o niega que haya recibido dicha comunicación lo sea en base a la Ley" y en una actividad probatoria. "Un proceso con todas las garantías exige poder usar los medios de defensa, máxime en este caso, en que se usan para luchar contra una conjetura elevada a la categoría de hecho cierto", afirmó.

El fiscal compartió la argumentación de Argüeso en relación a la remisión de oficio a la DGTIC para tener un informe de la trazabilidad de la comunicación y la Audiencia le da ahora la razón. 

Así, afirma que "no tiene por qué coincidir la hora de recepción de un mensaje o comunicación remitida por un medio telemático con la apertura del mismo y, por tanto, el conocimiento de su contenido".

Además, indica que en la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias trabajan funcionarios y técnicos con diferentes cometidos.