Rubén Gisbert, este martes en la comisión de investigación de la dana. Rober Solsona / EP
La querella contra la jueza de la dana denuncia que su marido, también juez, "llegó incluso a realizar él solo diligencias"
El escrito del agitador Rubén Gisbert, presentado ante el TSJCV, asevera que Jorge Martínez ha participado en declaraciones y redactado autos.
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El abogado y agitador Rubén Gisbert, que ejerce una de las acusaciones en la causa de la dana en representación de algunas víctimas, ha presentado este martes una querella contra Nuria Ruiz, la jueza encargada de la investigación, ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).
El escrito, al que ha tenido acceso EL ESPAÑOL, pide la nulidad del procedimiento por la intervención irregular en el mismo del marido de la magistrada, titular del juzgado de Instrucción 4 de Valencia.
En él, los querellantes -Gisbert y cuatro víctimas- destacan que fueron "testigos directos de los gravísimos hechos" que exponen: que la jueza "ha actuado en sala bajo las indicaciones y asistencia de una tercera persona", en referencia a su marido.
"Jorge Martínez no solamente había estado presente durante sus declaraciones, sino que durante las mismas había dado indicaciones a la instructora y a la funcionaria sobre qué apuntar, participó en los interrogatorios e incluso llegó a realizar él solo la diligencia de investigación en sustitución de la magistrada instructora", afirma un extracto de la querella.
Ésta considera que "hay una injerencia directa y una usurpación de las funciones jurisdiccionales de la magistrada instructora por otro juez en dicho procedimiento".
Unos hechos sobre los que ve motivación suficiente "para encausar a los querellados y declarar nulas las actuaciones del proceso practicadas hasta la fecha".
Los audios
El escrito alude a audios publicados este martes por OK Diario en los que, según el escrito, Jorge Martínez participa en interrogatorios a los familiares de víctimas que competen exclusivamente a Nuria Ruiz.
"Anota", "¿lo tiene descargado y lo puede aportar?", "¿tiene esos avisos?", "¿la hora a la que le estaban avisando antes de la alerta la recuerda?" o "con los vídeos es importante que se sepa la hora" son algunos de los comentarios que la querella atribuye al magistrado en la sala de declaraciones.
Fuera de estos audios aportados, la querella menciona que dos víctimas que acudieron al juzgado también corroboran que el magistrado "no solamente estuvo presente durante toda la declaración, sino que tomó parte activa de la misma".
El abogado y agitador continúa exponiendo otros asuntos en la querella. Afirma que es titulado superior en interpretación de textos y ha sido perito judicial.
Una argumentación tras la cual asegura que ha detectado, en los numerosos escritos que manda cada día el juzgado a las partes, "el uso de léxico, gramática, vocabulario y construcción sintáctica totalmente diferenciables que solamente se explican si en la redacción han participado varios sujetos.
Delitos
Por todo ello, acusa a los dos magistrados de los delitos de coacciones, revelación de secretos por parte de profesionales obligados a confidencialidad, usurpación de funciones públicas, prevaricación, encubrimiento y omisión del deber de perseguir delitos por una autoridad judicial.
Pide apartarlos a ambos de la carrera judicial, apartar a la jueza de la dana de la causa, que se realice una "evaluación psiquiátrica" a la magistrada o trasladar todas las actuaciones a la Audiencia Nacional.
Ahora, el TSJCV deberá decidir, en primer lugar, si admite a trámite o rechaza esta querella.
Precisamente este mismo martes, la instructora ha acordado, de manera sorpresiva, elevar a la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) la exposición razonada contra el expresidente de la Generalitat Carlos Mazón por su responsabilidad penal en la gestión del día de la tragedia.
"La investigación de la negligencia en la gestión de la dana, con el resultado mortal y lesivo objeto de las presentes diligencias, no se puede circunscribir exclusivamente a los dos investigados, a Salomé Pradas, consellera de Justicia e Interior, ni a Emilio Argüeso, secretario autonómico de Emergencias el 29 de octubre de 2024", señala la jueza.
En su opinión, ha de extenderse "de manera inevitable, por la evidente conexidad y a la vista de los indicios, pruebas, competencia y regulación normativa en materia de protección civil, así como a la inactividad negligente de quien fuera presidente de la Generalitat ", indica en la resolución.