La Guardia Civil registra el domicilio del hombre detenido como presunto autor del doble asesinato de Xilxes (Castellón). Efe / Manuel Bruque
La jueza decreta prisión provisional para el detenido por el doble crimen de su exmujer y su hija en Xilxes (Castellón)
El arrestado se ha acogido a su derecho a no declarar. Tiene antecedentes por violencia de género y ya fue condenado en febrero de 2025.
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La titular de la plaza número 1 de la Sección de Violencia sobre la Mujer del Tribunal de Instancia de Vila-real ha decretado este viernes el ingreso en prisión provisional, comunicada y sin fianza, del hombre detenido como presunto autor del doble crimen de Xilxes (Castellón).
El detenido, que se ha acogido a su derecho a no declarar durante su comparecencia judicial, está investigado inicialmente, y sin perjuicio de ulterior calificación, por dos delitos de homicidio/asesinato y un delito de quebrantamiento de condena, en una causa en la que se mantiene bajo secreto de las actuaciones.
El investigado tiene antecedentes por violencia de género y ya fue condenado en febrero de 2025, en el marco de un juicio rápido celebrado el día 28 de ese mes por conformidad de las partes, informa el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).
El propio Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Vila-real le impuso, como autor de un delito de coacciones del artículo 172.2 del Código Penal, 38 días de trabajos en beneficio de la comunidad, 16 meses de privación del derecho a la tenencia y porte de armas y 16 meses de alejamiento y prohibición de comunicación respecto de la víctima.
Además, como autor de un delito de maltrato de obra en el ámbito de la violencia de género del artículo 153.1 y 3 del Código Penal le condenó a 38 días de trabajos en beneficio de la comunidad, 16 meses de privación del derecho a la tenencia y porte de armas y a 16 meses de alejamiento y prohibición de comunicación respecto de la víctima.
La jueza que estaba entonces al frente del citado órgano judicial también impuso al hombre, que hasta ese momento carecía de antecedentes penales, la obligación de indemnizar a la víctima con 200 euros, en concepto de responsabilidad civil.
La medida de alejamiento y prohibición de comunicación impuesta en esta sentencia firme estaba por tanto en vigor hasta octubre de 2027.