
Voluntarios ofreciendo ayuda en una nave tras la dana. Efe
La Generalitat recibe más de 12 millones de euros en donaciones para los afectados de la dana
Las personas que realicen donaciones podrán deducirselo en la declaración de la Renta, mientras que las empresas podrán beneficiarse en el Impuesto de Sociedades.
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Hace ya casi seis meses que la catastrófica dana del 29 de octubre arrasó cerca de un centenar de municipios de la provincia de Valencia. Una tragedia que dejó a su paso 228 víctimas mortales, además de pérdidas económicas que la Generalitat Valenciana estima en más de 17.800 millones de euros.
El informe de diagnóstico presentado por la vicepresidencia segunda para la Recuperación pone cifras a la magnitud de los daños ocasionados. Daños que los ayuntamientos deberán reparar a partir de las ayudas movilizadas por el Estado, que ascienden a 1.746 millones de euros y que los consistorios buscan la manera de poder ejecutar a pesar de su escaso músculo administrativo.
Por su parte, la Generalitat, más allá de las ayudas habilitadas a los afectados, también puso en marcha hace meses una cuenta bancaria solidaria en la que tanto entidades como particulares podían realizar ingresos que posteriormente se destinarían a la reparación de daños y la reconstrucción de la Comunitat Valenciana.
Las donaciones se dispararon y medio año después de lo ocurrido,la recaudación ya suma un total de 12.107.018,66 euros, tal y como refleja el portal de Transparencia de GVA Oberta.
Según la Generalitat, el grueso de las aportaciones provienen de particulares y suman pequeñas aportaciones. No obstante, las donaciones más importantes son de empresas de renombre, si bien no ha trascendido el nombre de ninguna por protección de datos.
De acuerdo con la legislación vigente, estas donaciones darán derecho a deducciones, tanto a las personas físicas como jurídicas. Los particulares tendrán derecho a deducciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) porque así se lo permite el artículo 68.3 de la Ley del IRPF.
Pero también las empresas pueden beneficiarse en el Impuesto de Sociedades gracias a la Ley 49/2002 de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
Para que la Generalitat pueda realizar la declaración informativa de donativos y aportaciones recibidas a la Agencia Tributaria y emitir a los donantes los certificados correspondientes, todo aquel que realice una aportación debe incluir en el concepto de la transferencia su DNI, nombre y apellidos.
Mientras que si se realiza una donación a nombre de una sociedad, tendría que rellenarse este campo con el CIF de la entidad.
Según la web de Som Solidaritat que ha habilitado el Consell para canalizar toda la información relativa a la Dana, la Generalitat ha puesto en marcha "un proceso telemático para las gestiones relativas a las donaciones y la descarga de certificados de cara a la próxima campaña de la Renta".
La cuenta bancaria para poder realizar donaciones a la Generalitat Valenciana para la reconstrucción de las zonas más afectadas por el temporal es la siguiente: ES94 0081 0693 61 0002423445.