La planta viguesa de Stellantis.
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El TSXG obliga a Stellantis Vigo a devolver al turno de día a un trabajador con problemas de salud
El tribunal considera injustificado su traslado a noches y fines de semana y concluye que la empresa no aplicó correctamente las obligaciones de prevención de riesgos laborales
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El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha obligado a Stellantis Vigo a revocar el cambio de turno impuesto a un trabajador de 58 años que había solicitado una adaptación de su puesto por motivos de salud.
El empleado, con tres décadas de antigüedad en la compañía y representado por el sindicato CUT, padece síndrome del túnel carpiano bilateral y apnea del sueño. Pese a ello, en marzo de 2025 la empresa lo trasladó a un puesto de turno nocturno y de fin de semana, argumentando que no existía otra vacante compatible con sus necesidades.
El trabajador llevó el caso a los tribunales al entender que se había producido una modificación sustancial de sus condiciones laborales que afectaba a su descanso, salud y conciliación, además de alegar discriminación por edad y estado de salud.
Aunque el juzgado de lo Social rechazó inicialmente su demanda, el TSXG ha estimado ahora su recurso. El alto tribunal descarta que existiera vulneración de derechos fundamentales, pero concluye que Stellantis no aplicó correctamente la normativa de prevención de riesgos laborales.
La sentencia recuerda que un informe del Sergas desaconsejaba expresamente el trabajo nocturno por su mayor penosidad y subraya que corresponde a la empresa acreditar que el puesto asignado está realmente adaptado a la situación médica del empleado.
El TSXG considera que "la adaptación impuesta no se ajusta a lo exigible" y declara injustificada la nueva distribución de jornada, por lo que condena a Stellantis a reponer al trabajador en su anterior horario diurno, de lunes a viernes.
La resolución no es firme y todavía puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.