Juan Manuel Tábara Rodríguez.

Juan Manuel Tábara Rodríguez. Coruña Visión

Pontevedra

La muerte del oftalmólogo de A Coruña en Sanxenxo, Juan Tábara, se juzgará como homicidio doloso

Perdió la vida en abril de 2022 tras ser golpeado por una embarcación en la playa de Silgar en el municipio de Sanxenxo (Pontevedra) cuando se estaba bañando. Ahora, la Audiencia de Pontevedra ha tomado esta decisión al estimar los recursos de apelación presentados por las partes personadas en la causa

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La muerte del oftalmólogo coruñés, Juan Manuel Tábara Rodríguez, de 59 años, en abril de 2022 tras ser arrollado por una embarcación en la playa de Silgar en Sanxenxo (Pontevedra) cuando se estaba bañando, será juzgada como homicidio doloso y no como homicidio imprudente.

Así lo ha decidido la Audiencia de Pontevedra, que ha estimado los recursos de apelación presentados por las partes personadas en esta causa. El Juzgado de Instrucción número 3 de Cambados, en agosto de 2024, acordó seguir el trámite frente a la persona que manejaba la misma por un delito de homicidio imprudente.

Ahora, según un auto al que ha tenido acceso Europa Press, se admiten los planteamientos de las acusaciones sobre un posible homicidio doloso. Los recurrentes solicitaron la acomodación del procedimiento ante el Tribunal de Jurado y alegaron un homicidio doloso manteniendo que las condiciones climatológicas eran buenas.

Además, argumentaron que el investigado "pilotaba una embarcación de gran potencia con claro desprecio por las consecuencias que de ello podrían derivarse, como final y fatídicamente sucedió", además de aludir a otras cuestiones como "consumo de cocaína".

"No podemos en este momento procesal descartar, sin limitar los derechos de las partes acusadoras, que los hechos puedan ser constitutivos de un homicidio doloso, cuando de las diligencias instructoras que se han llevado a cabo, se puede deducir mínimamente, que el delito investigado puede constituir un delito cuyo enjuiciamiento sea competencia del Tribunal del Jurado, todo ello, sin perjuicio de lo que resulte posteriormente", recoge el auto.

Asimismo, en el momento de los hechos el fallecido nadaba junto a otra persona, que resultó ilesa.